RESOLUCIÓN de 11 de enero de 2010, de la Consejera, por la que se determinan los domingos y festivos autorizados por las Corporaciones Locales para la apertura de establecimientos comerciales al público.



La Resolución de 25 de noviembre de 2009, de la Consejera, por la que se determinan los domingos y festivos en los que los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público en el año 2010 (DOE de 14 de diciembre de 2009) dispone en su artículo único que los establecimientos comerciales radicados en Extremadura podrán permanecer en el año 2010, abiertos al público ocho (8) días en domingos y festivos, pudiendo determinar las corporaciones locales dos fechas a tales efectos.



Por ello, a tenor de lo previsto en la citada Resolución,



R E S U E L V O :



Primero. Además de las fechas citadas en el artículo único, apartado 1, de la Resolución de 25 de noviembre de 2009, de la Consejera, por la que se determinan los domingos y festivos en los que los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público en el año 2010, los establecimientos comerciales ubicados en los municipios que se detallan a continuación podrán permanecer abiertos al público los siguientes días:



PROVINCIA DE BADAJOZ



Almendralejo 19 y 26 de diciembre

Azuaga 1 de noviembre y 6 de diciembre

Badajoz 19 y 26 de diciembre

Cordobilla de Lácara 1 de mayo y 9 de agosto

Cheles 18 de julio y 8 de agosto

Don Benito 2 de abril y 19 de diciembre

Guareña 16 de mayo y 26 de diciembre

Herrera del Duque 2 de abril y 13 de agosto

La Haba 4 de abril y 16 de agosto

Mérida 19 y 26 de diciembre

Orellana la Vieja 21 de febrero y 15 de agosto

Villafranca de los Barros 19 de marzo y 26 de diciembre

Villanueva de la Serena 19 y 26 de diciembre

Zafra 19 y 26 de diciembre



PROVINCIA DE CÁCERES



Acehuche 12 de octubre y 6 de diciembre

Almaraz 16 y 17 de agosto

Cáceres 12 y 19 de diciembre

Coria 9 de mayo y 26 de diciembre

Herguijuela 2 de abril y 26 de diciembre

Moraleja 11 de julio y 1 de agosto

Navalmoral de la Mata 15 de agosto y 8 de diciembre

Plasencia 19 y 26 de diciembre



Segundo. En los restantes municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, los establecimientos comerciales podrán abrir al público los días con carácter de fiestas locales determinados en la Resolución de 12 de noviembre de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se hace público el calendario laboral oficial de fiestas locales para la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el año 2010.



Disposición final.



La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.



Mérida, a 11 de enero de 2010.

La Vicepresidenta Segunda y Consejera de

Economía, Comercio e Innovación,

MARÍA DOLORES AGUILAR SECO

Fecha: 
Jueves, 28 Enero, 2010