EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE NAVARRA.
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente:
LEY FORAL POR LA QUE SE ESTABLECE UN CÓDIGO DE BUEN GOBIERNO.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El nombramiento de los notarios que tengan que ejercer en el territorio de Galicia es competencia de esta comunidad autónoma, según lo dispuesto en el artículo 26º.1 del Estatuto de autonomía de Galicia, aprobado por la Ley orgánica 1/1981.
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE NAVARRA.
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente:
LEY FORAL SOBRE CUSTODIA DE LOS HIJOS EN LOS CASOS DE RUPTURA DE LA CONVIVENCIA DE LOS PADRES.
Exposición de motivos
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE NAVARRA.
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente:
LEY FORAL POR LA QUE SE MODIFICA EL TÍTULO VII DE LA LEY FORAL 6/1990, DE 2 DE JULIO, DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL DE NAVARRA.
Exposición de motivos
Sea notorio y manifiesto a todos los ciudadanos que Les Corts han aprobado y yo, de acuerdo con lo establecido por la Constitución y el Estatuto de Autonomía, en nombre del rey, promulgo la siguiente Ley:
El artículo 11.1.2 del Estatuto de Autonomía de Extremadura dispone que la Comunidad Autónoma de Extremadura tiene competencias de ejecución para el nombramiento de los Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles que han de servir en plaza de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El artículo 11.1.2 del Estatuto de Autonomía de Extremadura dispone que la Comunidad Autónoma de Extremadura tiene competencias de ejecución para el nombramiento de los Notarios que han de servir en plaza de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El nombramiento de notarios que deban ejercer en el territorio de Cataluña es competencia de la Generalidad en virtud de lo que dispone el artículo 147.1 del Estatuto de autonomía de Cataluña, aprobado por la Ley orgánica 6/2006, de 19 de julio.
Mediante la Resolución JUS/618/2011, de 24 de febrero (DOGC núm. de 10.3.2011), se resuelve el concurso para la provisión de notarías vacantes convocado por la Resolución JUS/3866/2010, de 19 de noviembre (DOGC núm. 5770, de 7.12.2010).
Sea notorio y manifiesto a todos los ciudadanos que Les Corts han aprobado y yo, de acuerdo con lo establecido por la Constitución y el Estatuto de Autonomía, en nombre del rey, promulgo la siguiente Ley.
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