Boletín Oficial de Estado
Vacante el cargo de Notario Archivero de Protocolos del Distrito Notarial de Quintanar de la Orden, perteneciente al Colegio Notarial de Madrid, y en vista de lo dispuesto en el artículo 294 del vigente Reglamento Notarial.
Artículo único.
El artículo 46.1 del Reglamento del Congreso de los Diputados quedará redactado en los siguientes términos:
«Artículo 46.
1. Son Comisiones Permanentes Legislativas las siguientes:
1. Constitucional.
2. Asuntos Exteriores.
3. Justicia.
Vacante el cargo de Notario Archivero de Protocolos del Distrito Notarial de Villajoyosa/Vila Joiosa, la, perteneciente al Colegio Notarial de Valencia, y en vista de lo dispuesto en el artículo 294 del vigente Reglamento Notarial.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, y el Decreto de 19 de octubre de 1973, y visto el expediente personal del Notario de Torrevieja, don Vicente Domingo González, del cual resulta que ha cumplido la edad en que legalmente procede su jubilación.
El artículo 6 de la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, sobre normas de valoración de bienes inmuebles y determinados derechos para ciertas finalidades financieras, modificada parcialmente por la Orden EHA/3011/2007, de 4 de octubre (en adelante, Orden ECO/805/2003), establece que los valores de los bienes inmuebles y derechos objeto de valoración se reflejarán en un informe y, en su caso, en un certificado de tasación. Tales certificados de tasación se han remitido a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) hasta la fecha en formato papel.
El artículo 34.1 del Reglamento de Ordenación y supervisión de los seguros privados, aprobado por el Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, conforme a la redacción dada por el Real Decreto 1361/2007, de 19 de octubre, por el que se modifica el Reglamento de ordenación y supervisión de los seguros privados, en materia de supervisión del reaseguro, y de desarrollo de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en materia de factores actuariales, regula los requisitos que deben cumplir las tablas de mortalidad a
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, y el Decreto de 19 de octubre de 1973, y visto el expediente personal del Notario de Alacant/Alicante, D. Pedro Ángel Navarro Arnal, del cual resulta que ha cumplido la edad en que legalmente procede su jubilación. Fecha: Miércoles, 23 Abril, 2008
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, y el Decreto de 19 de octubre de 1973, y visto el expediente personal del Notario de Sevilla, D. Pedro Longo Álvarez de Soto-Mayor, del cual resulta que ha cumplido la edad en que legalmente procede su jubilación. Fecha: Miércoles, 23 Abril, 2008
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, y el Decreto de 19 de octubre de 1973, y visto el expediente personal del Notario de Madrid, don Juan Jori Cardona, del cual resulta que ha cumplido la edad en que legalmente procede su jubilación. Fecha: Miércoles, 23 Abril, 2008
En vista de lo solicitado por el notario de Oliva, don Adolfo Carlos del Río Herrera, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 109 y demás concordantes del Reglamento Notarial.
Esta Dirección General en uso de las facultades atribuidas por el artículo 4.1 f) del Real Decreto 1475/2004, de 18 de junio, ha acordado declarar al mencionado Notario en situación de excedencia voluntaria por plazo no inferior a un año. Fecha: Miércoles, 23 Abril, 2008
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