Habiendo observado una errata en el texto del citado Decreto legislativo, enviado al DOGC y publicado en el núm. 5729, pág. 73020, de 6.10.2010, se detalla la oportuna corrección:
En la página 73020, donde dice:
“Artículo 94.1
El nombramiento de notarios archiveros que deben hacerse cargo de los archivos de protocolos de distrito situados en el territorio de Cataluña es competencia de la Generalidad en virtud de lo dispuesto en el artículo 147.1.d del Estatuto de autonomía de Cataluña aprobado por la Ley orgánica 6/2006, de 19 de julio.
El Presidente
de La Generalidad de Cataluña
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 65 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente
LEY
Preámbulo
De conformidad con lo que disponen la Ley orgánica 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general, y sus modificaciones, así como el Real decreto 605/1999, de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos electorales, modificado por el Real decreto 1382/2002, de 20 de diciembre;
A propuesta del consejero de Gobernación y Administraciones Públicas y de acuerdo con el Gobierno,
Decreto: Date: Wednesday, 6 October, 2010
El Presidente
de La Generalidad de Cataluña
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 65 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente
LEY
Preámbulo
Con la finalidad de facilitar el desarrollo de las elecciones al Parlamento de Cataluña, es procedente adoptar las disposiciones complementarias que rigen estos comicios.
Visto lo que establecen el Estatuto de autonomía de Cataluña y la Ley orgánica 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general, a propuesta del consejero de Gobernación y Administraciones Públicas y de acuerdo con el Gobierno,
Decreto: Date: Wednesday, 6 October, 2010
El Presidente
de La Generalidad de Cataluña
Sea notorio a toda la ciudadanía que el Gobierno ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 67.6.a) del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo el siguiente
DECRETO LEGISLATIVO Date: Wednesday, 6 October, 2010
De acuerdo con lo que disponen los artículos 66 y 75 del Estatuto de autonomía de Cataluña;
La Ley 2/2007, de 5 de junio, del Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC), dotó de validez jurídica la edición en soporte digital del DOGC accesible por medios telemáticos a través de las redes, los canales, las direcciones y los portales que el Gobierno determine, y el Acuerdo GOV/87/2007, de 19 de junio, determinó que el 30 de junio de 2007 se dejaba de publicar la versión oficial del DOGC en soporte papel y, en consecuencia, desde el 1 de julio de 2007 la versión digital del DOGC es la única que tiene carácter oficial.
Date: Thursday, 23 September, 2010
El nombramiento de notarios que deban ejercer en el territorio de Catalunya es competencia de la Generalidad, en virtud de lo que dispone el artículo 147.1 del Estatuto de autonomía de Cataluña aprobado por la Ley orgánica 6/2006, de 19 de julio.
Por Resolución JUS/2892/2010, de 6 septiembre (DOGC núm. 5714, de 14.9.2010), se resuelve el concurso para la provisión de notarias vacantes convocado por la Resolución JUS/2414/2010, de 13 de julio (DOGC núm. 5673, de 19.7.2010). Date: Thursday, 30 September, 2010
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