El nombramiento de notarios que deban ejercer en el territorio de Catalunya es competencia de la Generalidad, en virtud de lo que dispone el artículo 147.1 del Estatuto de autonomía de Cataluña aprobado por la Ley orgánica 6/2006, de 19 de julio.
Por Resolución JUS/2892/2010, de 6 septiembre (DOGC núm. 5714, de 14.9.2010), se resuelve el concurso para la provisión de notarias vacantes convocado por la Resolución JUS/2414/2010, de 13 de julio (DOGC núm. 5673, de 19.7.2010).
Considerando lo previsto en los artículos 88 a 96 del Reglamento de la organización y régimen jurídico del notariado, modificado por el Real decreto 45/2007, de 19 de enero, y el Real decreto 173/2007, de 9 de febrero, sobre demarcación notarial, con las modificaciones introducidas en la corrección de erratas del citado Real decreto publicado en el BOE de 9.6.2007;
De acuerdo con las competencias asignadas al Departamento de Justicia por el Decreto 409/2006, de 30 de octubre, en materia de notarías y registros públicos de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles,
Resuelvo:
Nombrar a los notarios que a continuación se detallan para proveer las notarías vacantes siguientes, radicadas en el territorio de Cataluña:
Badalona: desierta en concurso precedente, don Carlos Alejandro Vazquez Atkinson, notario de Martorell, 3a.
Badalona: por jubilación de don Francisco José Cueco Mascarós, don José Francisco Bauza León, notario de Barberà del Vallès, 2a.
El Prat de Llobregat: por traslado de la doña Maria de Rocafiguera Gibert, doña María López Riera, notaria de Es Mercadal, 3a.
Vilanova i la Geltrú: por traslado de doña Elena Esperanza Romeo Rambla, don Emilio González Bou, notario de Castelló d'Empúries, 3a.
Figueres: por jubilación de don Juan Antonio Utrilla Suárez, don Rafael Marquez Montoro, notario de Roses, 3a.
Molins de Rei: por traslado de don Manuel Ángel Martínez García, don Jaime Sánchez Parellada, notario de Manresa, 2a.
Tossa de Mar: por traslado de doña Patricia Olivencia Cerezo, don Jordi Josep Fugardo Pelliser, notario de Cervera, 3a.
Montblanc: por traslado de don Meseguer Pérez, doña María José del Castillo Vico, notaria de Ayora, 3a.
Palamós: por traslado de don Moreno Olivares, don Juan Ignacio Sorigué Abel, notario de Calella, 3a.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, ante la persona titular del Departamento de Justicia, de acuerdo con lo que establecen los artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de acuerdo con los artículos 14, 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Barcelona, 20 de septiembre de 2010
Montserrat Tura i Camafreita
Consejera de Justicia