Resoluciones

CORRECCIÓN de erratas de la Resolución de 20 de septiembre de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Ricardo y don José Torrado contra la negativa del Registrador mercantil de Cádiz don Carlos Collantes González a inscribir la renuncia de dos Administradores de una sociedad anónima

CORRECCIÓN de erratas de la Resolución de 20 de septiembre de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Ricardo y don José Torrado contra la negativa del Registrador mercantil de Cádiz don Carlos Collantes González a inscribir la renuncia de dos Administradores de una sociedad anónima.

Date: 
Friday, 27 October, 2000

CORRECCIÓN de erratas de la Resolución de 21 de septiembre de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Ricardo y don José Torrado contra la negativa del Registrador mercantil de Cádiz, don Carlos Collantes González, a inscribir la renuncia de dos Administradores de una sociedad anónima.

CORRECCIÓN de erratas de la Resolución de 21 de septiembre de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Ricardo y don José Torrado contra la negativa del Registrador mercantil de Cádiz, don Carlos Collantes González, a inscribir la renuncia de dos Administradores de una sociedad anónima.

Date: 
Friday, 27 October, 2000

Disposición estatutaria que no experimenta modificación respecto de su contenido anterior, se trata de un asiento que se encuentra bajo la salvaguardia de los Tribunales (vid. artículos 20 del Código de Comercio y 7 del Reglamento del Registro Mercantil), máxime si, como acontece en este caso, no puede afirmarse que la denominación social empleada contradiga la nueva legislación vigente en el momento de practicarse la calificación debatida.

RESOLUCIÓN de 13 de septiembre de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por doña María Isabel Ramírez Chango, en nombre de "Laboral Al-Mar, Sociedad Limitada", contra la negativa del Registrador Mercantil de Navarra, don Joaquín Rodríguez Hernández, a inscribir una escritura de elevación a público de acuerdos sociales de una sociedad de responsabilidad limitada.

Date: 
Tuesday, 24 October, 2000

El requerimiento de la presencia de Notario para levantar acta de la junta general de accionistas constituye -como la de convocatoria de la misma, dejando al margen los supuestos previstos de convocatoria judicial-, -competencia reservada por la ley al órgano de administración con carácter exclusivo, función que se contempla como facultad y como obligación

RESOLUCIÓN de 10 de septiembre de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Ricardo y don José Torrado, contra la negativa del Registrador Mercantil de Cádiz, don Carlos Collantes González, a inscribir la renuncia de dos Administradores de una sociedad anónima.

Date: 
Tuesday, 24 October, 2000

La propia revisabilidad de las decisiones de los Registradores en cuanto rechacen las pretensiones de los interesados justifica la vía de la alzada ante esta Dirección General también frente a aquellas que declaren la inadmisión del recurso, pese a no estar previsto en el artículo 71 del mencionado Reglamento

RESOLUCIÓN de 5 de septiembre de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por doña María José Cervera García, en nombre de don José Garrido Castellano (y otros), contra la negativa de la Registradora Mercantil accidental, número II de Valencia, doña María Dolores Payá y Roca de Togores, a practicar una anotación preventiva de demanda.

Date: 
Monday, 23 October, 2000

A falta de Administradores cabe admitir la posibilidad de convocatoria judicial de una Junta general posterior que haya de nombrar Liquidadores y, en último término, de ser infructuosa a tales efectos, la designación judicial de los mismos (artículo 262, apartados 2 y 3 de la Ley de Sociedades Anónimas, ex analogía).

RESOLUCIÓN de 21 septiembre 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado en el recurso gubernativo interpuesto por don Ricardo y don José Torrado contra la negativa del Registrador Mercantil de Cádiz, don Carlos Collantes González, a inscribir la renuncia de dos Administradores de una sociedad anónima

Date: 
Monday, 23 October, 2000

Debe advertirse que el nombramiento de liquidadores puede ser posterior a la disolución (cfr. artículo 243.1 del Reglamento del Registro Mercantil) y que, en el presente caso (y pese a la inexistencia en la Ley de Sociedades Anónimas de una norma como la del artículo 110, apartados 2 y 3 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada), a falta de administradores cabe admitir la posibilidad de convocatoria judicial de una junta general posterior que haya de nombrar liquidadores

RESOLUCIÓN de 20 de septiembre de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Ricardo y don José Torrado contra la negativa del Registrador Mercantil de Cádiz, don Carlos Collantes González, a inscribir la renuncia de dos administradores de una sociedad anónima.

Date: 
Monday, 23 October, 2000

El estado civil, aunado en el caso de personas casadas al régimen económico matrimonial, puede ser en ocasiones relevante, el presente de un apoderado general, en que dicho dato es irrelevante, pues no contribuye a una mejor identificación de las personas, habida cuenta de la mutabilidad del estado civil, y su constancia, que puede resultar de la simple manifestación del interesado

RESOLUCIÓN de 14 de julio de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Valencia den Rafael Gómez-Ferrer Sapiña frente a la negativa del Registrador Mercantil número 1 de la misma capital, den Rodolfo Bada Maño, a inscribir una escritura de poder.

Date: 
Saturday, 26 August, 2000

El acta notarial no sólo no contiene la declaración del Presidente de la Junta sobre la válida constitución de ésta, sino que de dicha acta resulta la declaración del aquél contraria a la válida constitución de la Junta, ha de ser confirmado, habida cuenta de la exigencia impuesta por los artículos 102.1.2º. y 107.2 del Reglamento del Registro Mercantil

RESOLUCIÓN de 24 de junio de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Antonio Arenas Dueso y don Luis Solana Pisa, en nombre de «Agropecuaria del Pirineo, Sociedad Anónima», contra la negativa de la Registradora Mercantil de Huesca, doña Pilar Palazón Valentín, a inscribir determinados acuerdos sociales.

Date: 
Tuesday, 1 August, 2000

La determinación de la existencia de identidad sustancial en la denominación por razones de similitud gráfica, fonética o de consideración social puede comportar enormes dificultades; pero en el presente caso (en el que se emplea un vocablo con la misma significación, «inversión», pero en idioma diferente, francés, al del término que, en su traducción en lengua inglesa, aparece inscrito)

RESOLUCIÓN de 10 de junio de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Juan Vidal Astorga en nombre de don Carlos A. Mühlebach contra la negativa del Registrador Mercantil Central don José Luis Benavides del Rey, contenida en certificación que expresa que determinada denominación social figura registrada.

Date: 
Saturday, 29 July, 2000

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