Resoluciones

De acuerdo con los principios de tutela judicial efectiva y los principios de prioridad y tracto registral de los artículos 24 de la Constitución y los artículos 17 y 20 de la Ley Hipotecaria; no cabe practicar una anotación preventiva de embargo frente a la titularidad resultante del Registro en un procedimiento en que dicho titular no haya intervenido, ya que ello provocaría su indefensión y la alteración de dichos principios.

RESOLUCIÓN de 12 de julio de 2004, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por la Tesorería General de la Seguridad Social, contra la nota de calificación emitida por la Registradora de Bienes Muebles de Cantabria, doña Emilia Tapia Izquierdo, por la que se deniega la anotación de embargo.

Date: 
Monday, 8 November, 2004

La anotación de embargo no tiene cabida en el Registro de Bienes Muebles cuando los bienes que se pretenden embargar estén afectados por una reserva de dominio y la demanda se dirija frente a persona distinta del beneficiario de la reserva de dominio.

RESOLUCIÓN de 8 de julio de 2004, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Santiago Cepeda Novillo y don Ramón Manzaneque Alarcos, contra la nota de calificación negativa de la Registradora de Bienes Muebles de Ciudad Real, a practicar la anotación de embargo.

Date: 
Monday, 8 November, 2004

No cabe practicar anotaciones de embargo sobre bienes que no queden perfectamente identificados, ya que en el momento en que el Registrador abrigue dudas fundadas sobre la identidad de los bienes puede negarse a practicar operación registral alguna que pudiera tener consecuencias no deseadas, como podría ser el reflejar la traba acordada sobre bienes distintos de los efectivamente embargados, o tener que llevar a cabo la anotación sobre todos los bienes que respondan a una categoría determinada, con independencia de quien fuese su titular.

RESOLUCIÓN de 9 de julio de 2004, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por la Tesorería General de la Seguridad Social contra la nota de calificación negativa del Registrador de Bienes Muebles de Navarra, don Joaquín Rodríguez Hernández, a practicarla anotación de embargo.

Date: 
Monday, 8 November, 2004

Si se tiene en cuenta que se trata de un supuesto idéntico al de la citada Resolución de 22 de mayo de 2002, la solución debe ser análoga, de suerte que una interpretación de los artículos 250 y 266 de la Ley de Sociedades Anónimas conforme a la normativa comunitaria (cfr. artículo 24 de la Tercera Directiva del Consejo (78/855/CEE), de 9 de octubre de 1978), conduce necesariamente a la confirmación del defecto expresado por el Registrador.

RESOLUCIÓN de 6 de mayo de 2004 de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por «Transportes de Cemento, S.A.», contra la negativa del Registrador Mercantil de Madrid número XIII, don José María Méndez Castrillón, a inscribir una escritura de cesión global de activo y pasivo y extinción de dicha sociedad.

Date: 
Friday, 4 June, 2004

La anotación de embargo no tiene cabida en el Registro de Bienes Muebles cuando los bienes que se pretenden embargar estén afectados por una reserva de dominio y la demanda se dirija frente a persona distinta del beneficiario de la reserva de dominio; salvo que se limite el embargo a la posición jurídica del comprador, o a los derechos que éste ostente sobre el bien embargado, cosa que no ha ocurrido en el supuesto de hecho que nos ocupa.

RESOLUCIÓN de 16 de marzo de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por Volkswagen Finance, S.A, contra la negativa del Registrador Mercantil de Bienes Muebles de Jaén, don Ramón Orozco Rodríguez, a practicar una anotación preventiva de embargo.

Date: 
Tuesday, 27 April, 2004

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