Concluido el plazo de presentación de instancias para tomar parte en el concurso para la provisión de Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles vacantes, convocado por Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 22 de diciembre de 2010 («BOE» de 7 de enero de 2011), y de conformidad con lo previsto en los artículos 284 de la Ley Hipotecaria y en los artículos 496 y siguientes del Reglamento Hipotecario, supletoriamente el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre; el Real Decreto 772/1999,
En vista de lo solicitado por el notario de Lorca don Fernando Jiménez Peral, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 109 y demás concordantes del Reglamento Notarial.
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 7.1 f) del Real Decreto 1125/2008, de 4 de julio, ha acordado declarar al mencionado Notario en situación de excedencia voluntaria por plazo no inferior a un año. Fecha: dimecres, 17 desembre, 2008
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 9 y 10 del Reglamento de Organización y Régimen del Notariado,
Vista la propuesta formulada por la Junta Directiva del Ilustre Colegio Notarial de Cantabria en reunión celebrada el día 7 de octubre de 2009, para el nombramiento del cargo de notario archivero de protocolos sustituto permanente del Distrito Notarial de Santander.
Fecha: dissabte, 19 desembre, 2009
La Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, por medio de la cual se incorpora al ordenamiento jurídico interno la Directiva comunitaria 2004/35/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, sobre responsabilidad medioambiental en relación con la prevención y reparación de daños medioambientales, establece un nuevo régimen jurídico de reparación de daños medioambientales de acuerdo con el cual los operadores que ocasionen daños al medio ambiente o amenacen con ocasionarlo deben adoptar las medidas necesarias para p Fecha: dimarts, 23 desembre, 2008
En los últimos meses se ha venido deteriorando profundamente la situación de los mercados financieros internacionales, con el consiguiente impacto negativo sobre la actividad económica real y sobre la confianza de los agentes económicos. Una de las consecuencias más destacables de la crisis financiera es la disminución de la capacidad de las entidades financieras para captar recursos en los mercados de capitales. Fecha: dissabte, 13 desembre, 2008
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley.
Advertidos errores en el Real Decreto-ley 9/2009, de 26 de junio, sobre reestructuración bancaria y reforzamiento de los recursos propios de las entidades de crédito, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 155, de 27 de junio de 2009, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:
En la página 53203, artículo 3, apartado 4.b) donde dice: «… Comisión de Economía …», debe decir: «… Comisión de Economía y Hacienda…».
ÍNDICE
Exposición de motivos.
Capítulo introductorio.
Norma 1.ª Ámbito de aplicación.
Norma 2.ª Normas de contabilidad aplicables.
Norma 3.ª Intermediarios financieros.
Capítulo primero. Fecha: dilluns, 29 desembre, 2008
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