El Presidente
de la Generalidad de Cataluña
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 65 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente
LEY
Sumario
Preámbulo Fecha: divendres, 30 desembre, 2011
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 65 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente
LEY
Sumario
Preámbulo
Título preliminar
Título I. Ámbito agroambiental Fecha: divendres, 30 desembre, 2011
El Presidente
de la Generalidad de Cataluña
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 65 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente
LEY
Preámbulo Fecha: dijous, 29 desembre, 2011
En desarrollo principalmente del artículo 141.3 del Estatuto de autonomía de Cataluña que atribuye a la Generalidad la competencia exclusiva en materia de espectáculos y actividades recreativas, que incluye, en todo caso, la ordenación del sector, el régimen de intervención administrativa y el control de todo tipo de espectáculos en espacios y locales públicos, se aprobó la Ley 11/2009, del 6 de julio, de regulación administrativa de los espectáculos públicos y las actividades recreativas.
Fecha: dijous, 22 desembre, 2011
La Ley orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de financiación de las comunidades autónomas (LOFCA), modificada por la Ley orgánica 3/2009, de 18 de diciembre, dispone en el artículo 21, apartado 2, que si los presupuestos no han sido aprobados antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, quedará prorrogada automáticamente la vigencia de los anteriores.
Fecha: dijous, 22 desembre, 2011
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Gobierno ha aprobado y yo, en nombre del Rey, y de acuerdo con lo que establece el artículo 67.6 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo el siguiente
DECRETO LEY
Preámbulo Fecha: dijous, 22 desembre, 2011
Fecha: dimarts, 20 desembre, 2011
Fecha: dijous, 29 setembre, 2011
Fecha: dijous, 15 desembre, 2011
Visto que los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Cataluña han formulado las propuestas sobre las dos fiestas locales, correspondientes a su municipio y agregados;
Considerando que en las localidades respectivas las fiestas locales tienen el carácter de días inhábiles a efectos administrativos, de acuerdo con el artículo 48.7 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común; Fecha: divendres, 9 desembre, 2011
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