Resoluciones

Sin perjuicio de las manifestaciones particulares del derecho foral o especial, el ámbito propio de la representación es el de los negocios patrimoniales, y que la decisión de enajenar en el tipo de usufructos que nos ocupa es extremadamente delicada, la existencia en este caso de un poder especial para enajenar las fincas sobre las que versa el recurso, unida a la consideración de que el negocio jurídico de compraventa tiene un carácter patrimonial en sí mismo, lleva a revocar este defecto.

Resolución de 11 de julio de 2005, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por doña Carmen Sastre Segarra y doña Josefa Guari Fabregat, contra la negativa de la registradora de la propiedad de Gandesa, a inscribir una escritura de compraventa.

Fecha: 
dilluns, 12 setembre, 2005

No es, por otra parte, aplicable a este supuesto la doctrina de esta Dirección General referente a la cancelación de las garantías cuando el precio aplazado se incorpora a letras de cambio, ya que éstas están impresas por un organismo oficial y tienen datos identificativos suficientes (número y serie) para establecer aquella correlación.

Resolución de 1 de julio de 2005, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por la Mercantil Euroactivos Inmobiliarios, S. L., contra la negativa del registrador de la propiedad de Madrid n.º 23, a inscribir una escritura de compraventa.

Fecha: 
dilluns, 12 setembre, 2005

La escritura que motiva el presente recurso fue autorizada en mil novecientos ochenta y ocho, antes de la entrada en vigor de la Ley 49/2003 siendo preciso, por tanto, manifestación del transmitente sobre la situación arrendaticia de la finca y denegación de prórrogas exigidas por el texto legal de 1980.

Resolución de 30 de junio de 2005, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Juan Manuel Caballero García y doña Rosa García-Moreno García-Moreno, contra la nota de calificación extendida por el registrador de la propiedad de Almendralejo, por la que se suspende la práctica de la inscripción de la escritura de compraventa.

Fecha: 
dilluns, 12 setembre, 2005

El documento cuya calificación es objeto de recurso no puede tener acceso al Registro de la Propiedad por carecer de trascendencia real. Los documentos que sí pueden tener acceso son los documentos judiciales señalados, los cuales no se han presentado, si bien la cuestión ha sido objeto de análisis por los datos que constan en la calificación y en el expediente.

Resolución de 12 de julio de 2005, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Juan Alberto Arnús de Urruela, contra la negativa de la registradora de la propiedad n.º 1, de Badalona, a inscribir un documento judicial.

Fecha: 
dimecres, 7 setembre, 2005

El artículo 298.1 del Reglamento Hipotecario, en concordancia con el 53.7 de la Ley 30/1996, de 30 de diciembre exigen para la inmatriculación la certificación catastral, exigencia que, en el presente caso, como dice la Registradora, es más necesaria aún por referirse el título a tal certificación para integrar la descripción de la finca.

Resolución de 8 de junio de 2005, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por doña Enoema Sanz Pardo, frente a la negativa de la registradora de la propiedad de Casas Ibáñez, inmatricular una finca.

Fecha: 
dimecres, 24 agost, 2005

Si bien los datos de la sociedad no es preciso sean reiterados, por figurar los mismos en el Registro, el requirente del Acta ni siquiera alega ante el Notario los acuerdos societarios por los que se le concedió la representación en que actúa, ni, en consecuencia, la acredita. Al acreditar la terminación de las obras en una fecha claramente posterior a la pactada, la condición, para ser cumplida, debería acompañarse de la indemnización igualmente pactada, la cual se omite.

Resolución de 27 de mayo de 2005, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por El Tucumanao Servicios y Construcciones S. L., frente a la negativa del registrador de la propiedad de Puerto de Arrecife, a inscribir un acta de manifestaciones solicitando se levante la condición suspensiva a que se ha sometido una permuta de solar a cambio de pisos en edificio futuro.

Fecha: 
dimecres, 24 agost, 2005

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