Comunidades Autónomas

ORDEN de 20 de abril de 2007, por la que se regula el ejercicio de la función administrativa de recaudación por las Oficinas Liquidadoras de la Administración Tributaria Canaria.

La Orden de 20 de abril de 2007, por la que se encomienda a las Oficinas Liquidadoras Comarcales la realización de actividades de carácter material o técnico con relación a la aplicación del sistema tributario canario, determina que las mismas prestarán, entre otros, servicios de recaudación de las deudas y sanciones tributarias correspondientes a tributos gestionados por la Administración Tributaria Canaria, de deudas y sanciones de tributos correspondientes a corporaciones locales que hayan delegado a la Administración Tributaria Canaria el cobro de los mis

Fecha: 
dimarts, 15 maig, 2007

ORDEN de 20 de abril de 2007, por la que se encomienda a las Oficinas Liquidadoras Comarcales la realización de actividades de carácter material o técnico con relación a la aplicación del sistema tributario canario.

Uno de los principales objetivos de la Administración Tributaria Canaria es su compromiso de servicio al obligado tributario, prestándole el mayor nivel de asistencia e información a fin de facilitarle el cumplimiento de su deber constitucional de contribuir al sostenimiento de las cargas públicas.

Fecha: 
dimarts, 15 maig, 2007

DECRETO 69/2007, de 2 de mayo, de modificación del Reglamento de Recaudación de la Hacienda General del País Vasco.

El Decreto 212/1998, de 31 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación de la Hacienda General del País Vasco, regula en su Título II el pago de las obligaciones como una forma de extinción de las mismas. Entre las modalidades de pago en efectivo se señalaban de manera expresa únicamente el dinero de curso legal y el cheque, si bien se permite establecer otras modalidades mediante Orden de la Consejera competente.

Fecha: 
divendres, 11 maig, 2007

Decreto 58/2007 de 27 de abril, por el que se desarrolla la Ley de voluntades anticipadas y del registro de voluntades anticipadas de las Illes Balears.

El articulo 30.49 del Estatuto de autonomía de las Illes Balears aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de autonomía de las Illes Balears, atribuye a la comunidad autónoma la competencia exclusiva en materia de organización, funcionamiento y control de los centros sanitarios públicos y de los servicios de salud; la planificación de los recursos sanitarios; la coordinación de la sanidad privada con el sistema sanitario público; la promoción de la salud en todos los ámbitos, en el marco de las bases y la coordinación gene

Fecha: 
dijous, 10 maig, 2007

ORDEN de 19 de abril de 2007, por la que se regula la generación y archivo de documentos electrónicos a través de los aplicativos del sistema M@GIN.

La Administración Tributaria Canaria viene desarrollando importantes esfuerzos dirigidos a la utilización generalizada de las nuevas tecnologías para facilitar la gestión tributaria impulsando la incorporación de sistemas de racionalización de los procesos y gestión automatizada de flujos de información con la sustitución de los tradicionales sistemas de gestión con soporte papel por otros en los que fluya la información telemáticamente con las adecuadas garantías de autenticación, integridad y, en su caso, confidencialidad y ello a fin de simplificar trámite

Fecha: 
dijous, 10 maig, 2007

ORDEN de 19 de abril de 2007, por la que se regula la generación y archivo de documentos electrónicos a partir de documentos en soporte papel por la Administración Tributaria Canaria.

En el uso de las tecnologías de la información al servicio de la gestión tributaria merece particular atención la producción por la Administración de documentos electrónicos y su transmisión telemática a y desde las entidades colaboradoras en esa gestión, en sustitución del documento en soporte papel, disponiendo al respecto el artículo 96.5 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria que "los documentos emitidos, cualquiera que sea su soporte, por medios electrónicos, informáticos o telemáticos por la Administración tributaria, o los que ésta e

Fecha: 
dijous, 10 maig, 2007

CORRECCION DE ERRORES de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra.

Advertido error en la citada Ley Foral, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 50, de 23 de abril, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

En la página 4382, segunda columna, en el artículo 21.1 segundo párrafo, donde dice "...al corriente del pago de sus obligaciones tributarias ...", debe decir "...al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias ...".

Fecha: 
dimecres, 9 maig, 2007

ORDEN de 8 de marzo de 2007, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, por la que se corrigen errores de la Orden de 29 de diciembre de 2006 sobre medidas financieras para compra de vivienda.

El artículo 24.2.b) del Decreto 155/1993, de 1 de junio, sobre el Boletín Oficial del País Vasco, establece que los errores u omisiones que no se deduzcan claramente del contexto y cuya rectificación pueda suponer una real o aparente modificación del contenido o sentido de la disposición, acto o anuncio, se salvarán mediante disposición o acto del mismo rango.

Fecha: 
dilluns, 7 maig, 2007

ORDEN de 8 de marzo de 2007, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, por la que se corrigen errores de la orden de 29 de diciembre de 2006 sobre medidas financieras para rehabilitación de vivienda.

El artículo 24.2 b) del Decreto 155/1993, de 1 de junio, sobre el Boletín Oficial del País Vasco, establece que los errores u omisiones que no se deduzcan claramente del contexto y cuya rectificación pueda suponer una real o aparente modificación del contenido o sentido de la disposición, acto o anuncio, se salvarán mediante disposición o acto del mismo rango.

Fecha: 
dilluns, 7 maig, 2007

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