La Constitución Española en su artículo 132.2 establece que son bienes de dominio público estatal los que determine la ley y, en todo caso, la zona marítimo-terrestre, las playas, el mar territorial y los recursos naturales de la zona económica y de la plataforma continental. Asimismo el artículo 149.1.23a establece la competencia exclusiva del Estado de la legislación básica sobre protección del medio ambiente, sin perjuicio de las facultades de las comunidades autónomas de establecer normas adicionales de protección. Fecha: dimarts, 30 octubre, 2007
Sea notorio a todos los ciudadanos que las Cortes de Castilla y León han aprobado y yo en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 16.4 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente
LEY
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Fecha: dilluns, 29 octubre, 2007
La Ley del Estado 9/2007, de 22 de junio, sobre regularización y actualización de inscripciones de embarcaciones pesqueras en el Registro de Buques y Empresas Navieras y en el Censo de la Flota Pesquera Operativa, viene a establecer un procedimiento específico para regularizar y actualizar el mencionado Registro y Censo. No obstante, prevé la intervención de las Comunidades Autónomas en la presentación de las solicitudes, así como en su instrucción y resolución. Fecha: dimarts, 23 octubre, 2007
El régimen jurídico de las tasas y los precios públicos de la Generalidad de Cataluña está constituido por la Ley 15/1997, de 24 de diciembre. Esta norma ha sido objeto de modificación en numerosas ocasiones, principalmente mediante las leyes de medidas fiscales y administrativas y también por las leyes de presupuestos a través de las cuales se han incrementado en varias ocasiones, las tasas de cuantía fija. Todas estas modificaciones, tanto sustantivas como de cuantía, pueden generar una cierta inseguridad que debe corregirse. Fecha: dimarts, 23 octubre, 2007
Fecha: dilluns, 22 octubre, 2007
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA A TODOS LOS QUE LA PRESENTE VIEREN, SABED
Que el Parlamento de Andalucía ha aprobado y yo, en nombre del Rey y por la autoridad que me confieren la Constitución y el Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente
Advertido error en el texto del Decreto 31/2007, de 25 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Intervención Administrativa en materia de adopción (B.O.R. n 72, de 29 de mayo de 2007), se procede a su corrección en la forma siguiente:
En el artículo 11 "Requisitos de los solicitantes", en su apartado 1, punto c),
Donde dice:
El Plan de Vivienda y Suelo de Extremadura 2004-2007 incorporó desde su redacción original la vivienda del Programa Especial 60.000, como actuación protegida propia y singular de Extremadura en materia de vivienda de nueva construcción.
El Convenio del Consejo de Europa para la protección de los derechos humanos y la dignidad del ser humano con respecto a las aplicaciones de la Biología y la Medicina, hecho en Oviedo el 4 de abril de 1997, que entró en vigor en España el 1 de enero de 2000, se refiere explícitamente a la necesidad de reconocer, en diversos aspectos, los derechos de los pacientes, entre los que destaca el consentimiento informado y el derecho a la expresión anticipada de voluntades, priorizando de esta forma el principio de autonomía de la voluntad de la persona como valor necesario e
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