I
La Disposición Final Quinta de la Ley Foral 12/2006, de 21 de noviembre, del Registro de la Riqueza Territorial y de los Catastros de Navarra faculta de forma expresa al Gobierno de Navarra para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para su desarrollo y ejecución.
El Decreto Foral, además de aprobar el Reglamento en el artículo único, incluye tres Disposiciones transitorias, una derogatoria y dos finales.
Sea notorio a todos los ciudadanos que las Cortes de Castilla y León han aprobado y yo en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 25.5 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Advertido error material en la publicación de la Ley del Principado de Asturias 3/2008, de 13 junio de 2008, de medidas presupuestarias y tributarias urgentes, realizada en el BOLETÍN OFICIAL del Principado de Asturias n.º 143 de 20 de junio de 2008, se procede a su corrección en el siguiente sentido:
En la página 13975, en el cuadro correspondiente al anexo III.
Donde dice:
Date: Thursday, 9 October, 2008
El artículo 45 de la Constitución Española establece el derecho de todos a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo. Para ello, los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva.
Date: Wednesday, 8 October, 2008
Visto el expediente instruido para la provisión de Notarías vacantes, comprendidas en el Concurso Ordinario convocado por Resolución de 18 de julio de 2008 y publicado en el Boletín Oficial del Estado de 23 de julio de 2008, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.22 del Estatuto de Autonomía y en uso de las facultades conferidas por el Decreto 315/2005, de 18 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social.
El día 1 de octubre se publicó en el «Boletín Oficial de Castilla y León» el Decreto Legislativo 1/2008, de 25 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos cedidos por el Estado.
Advertidos errores en el texto remitido para su publicación procede efectuar la oportuna rectificación en los siguientes términos:
EL DIPUTADO GENERAL DE GIPUZKOA
Hago saber que las Juntas Generales de Gipuzkoa han aprobado y yo promulgo y ordeno la publicación de la siguiente «Norma Foral 3/2008, de 9 de julio, por la que se aprueban medidas fiscales para incentivar la actividad económica, de adaptación del Impuesto de Sociedades a la reforma contable y otras medidas tributarias» a los efectos de que todos los ciudadanos, particulares y autoridades a quienes sea de aplicación la guarden y hagan guardarla.
Mediante Resolución de fecha 2 de septiembre de 2008 (BOE de fecha 9 de septiembre), la Dirección General de los Registros y del Notariado ha resuelto el concurso ordinario convocado por Resolución de 18 de julio de 2008 (BOE del 23 de julio), para la provisión de notarías vacantes, resultando del mismo la propuesta de adjudicación de plazas radicadas en esta Comunidad Autónoma.
Mediante Resolución de 18 de julio de 2008, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, publicada en el "Boletín Oficial del Estado" de 23 de julio de 2008, se anunció concurso para la provisión de notarías vacantes, entre las que figuraba una en San Adrián (Navarra).
El artículo 77.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía dispone que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia ejecutiva sobre el nombramiento de Notarios y Registradores.
Date: Thursday, 2 October, 2008
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