El Servicio Jurídico del Principado de Asturias tiene encomendada la representación y defensa de la Administración autonómica, de acuerdo con el artículo 551.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Fecha: divendres, 20 novembre, 2009
Advertidos errores en el texto del Decreto 22/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Plan de vivienda de La Rioja 2009-2012 (B.O.R. nº 59, de 13 de mayo de 2009) se procede a su corrección de la forma siguiente:
-En el artículo 24, donde dice:
Fecha: divendres, 20 novembre, 2009
ORDEN
MAH/489/2009, de 18 de noviembre, por la que se designa el órgano competente para la adjudicación de viviendas con protección oficial, se fija la fecha de inicio del Registro de Solicitantes de Viviendas con Protección Oficial de Cataluña, y se relacionan los registros municipales existentes en esta materia. Fecha: divendres, 20 novembre, 2009
El artículo 48.7 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispone que las Administraciones de las Comunidades Autónomas, con sujeción al calendario laboral oficial, fijarán en su respectivo ámbito el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos, en el que se comprenderán los días inhábiles de las Entidades que integran la Administración Local. Fecha: divendres, 20 novembre, 2009
Fecha: dijous, 19 novembre, 2009
La Ley 23/2007, de 18 de diciembre, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 255, de fecha 31 de diciembre de 2007, creó la Agencia Tributaria de Andalucía como agencia de régimen especial para realizar, en régimen de autonomía de gestión, las actividades administrativas de aplicación de los tributos y las demás funciones y competencias referidas en el artículo 6 de dicha Ley. Fecha: dimecres, 18 novembre, 2009
La Presidenta de la Comunidad de Madrid.
Hago saber: Que la Asamblea de Madrid ha aprobado la siguiente Ley, que yo, en nombre del Rey, promulgo.
PREÁMBULO
I Fecha: dimecres, 18 novembre, 2009
El artículo 37.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, dispone que las fiestas laborales, que tendrán carácter retribuido y no recuperable, no podrán exceder de catorce al año, de las
cuales dos serán locales.
Fecha: dimecres, 18 novembre, 2009
La Presidenta de la Comunidad de Madrid.
Hago saber: Que la Asamblea de Madrid ha aprobado la siguiente Ley, que yo, en nombre del Rey, promulgo.
PREÁMBULO Fecha: dimecres, 18 novembre, 2009
Fecha: dijous, 12 novembre, 2009
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