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Resolución de 18 de febrero de 2014, de la Consejería de Hacienda y Sector Público, por la que se aprueba el Plan Anual de Control Financiero Permanente y el Plan Anual de Auditorías para el ejercicio 2014



El artículo 56.8 del texto refundido del Régimen Económico y Presupuestario aprobado por Decreto Legislativo del Principado de Asturias 2/1998, de 25 de junio, dispone, en su párrafo primero, que:

Fecha: 
Jueves, 6 Marzo, 2014

Orden EHA/1049/2008, de 10 de abril, de declaración de bienes y servicios de contratación centralizada



La Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007, modificó el artículo 182 g) del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, en el sentido de limitar el recurso al procedimiento negociado sin publicidad para la adjudicación de los contratos que se refieran a bienes cuya uniformidad haya sido declarada necesaria para su utilización común por la Administración.

Fecha: 
Lunes, 7 Abril, 2014

REAL DECRETO 125/2007, de 2 de febrero, por el que se fija el ámbito territorial de las demarcaciones hidrográficas.

El artículo 16 bis 5 del Texto Refundido de la Ley de Aguas aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, encomienda al Gobierno de la Nación la fijación mediante real decreto, oídas las comunidades autónomas, del ámbito territorial de las demarcaciones hidrográficas añadiendo, además, que éste será coincidente con el de su plan hidrológico.

Fecha: 
Sábado, 3 Febrero, 2007

ORDEN EHA/2/2007, de 9 de enero, de declaración de bienes y servicios de contratación centralizada.

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007 modifica el artículo 182 g) del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, en el sentido de limitar el recurso al procedimiento negociado sin publicidad para la adjudicación de los contratos que se refieran a bienes cuya uniformidad haya sido declarada necesaria para su utilización común por la Administración, siempre que la adopción del tipo de que se trate se haya efectuado, previa e independientemente, en

Fecha: 
Viernes, 12 Enero, 2007

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