En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, el artículo 57 del Reglamento Notarial, según la redacción dada por el Real Decreto 45/2007, de 19 de enero, y visto el expediente personal del Notario excedente, don Luis Alfonso Tejuca Pendas, del cual resulta que ha cumplido la edad en que legalmente procede su jubilación,
Resolución de 10 de febrero de 2014, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Alicante n.º 4 a inscribir una escritura de donación.
La regulación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se contiene fundamentalmente en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, y en el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo.
Resolución de 6 de febrero de 2014, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Xirivella a inscribir una escritura de compraventa y determinación de elemento común de un conjunto inmobiliario.
Visto el escrito presentado por el Notario de Madrid, don Francisco Calderón Álvarez, y al haber sido nombrado para el Registro de la Propiedad de Vitoria-Gasteiz por Orden de 10 de marzo de 2014, de la Consejería de Administración Pública y Justicia del Gobierno Vasco.
Visto el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Resolución de 7 de febrero de 2014, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad interino de Canjáyar, por la que se deniega la inmatriculación de una finca.
Resolución de 6 de febrero de 2014, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la calificación de la registradora de la propiedad de Orense n.º 1, por la que se suspende la inmatriculación de una finca como consecuencia de una escritura de pacto de mejora
Resolución de 7 de febrero de 2014, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por el registrador de la propiedad de Gernika-Lumo, por la que se suspende la inscripción de mandamiento del UPAD de Primera Instancia e Instrucción n.º 2 de Gernika-Lumo.
- Leer más sobre El registrador suspende la inscripción de un mandamiento por, primero, la falta de fijación de la duración de la servidumbre, frente a la alegación de la recurrente de que nuestro ordenamiento no exige que los derechos reales limitativos del dominio tengan una duración determinada, sino que de hecho y en relación con la servidumbre el artículo 546 del Código Civil, en su apartado 4, contempla a «sensu contrario» la existencia de servidumbres de duración ilimitada cuando dice «si la misma fuese temporal», opone el registrador que lo único que se aprecia como defecto es la ausencia de fijación de la duración, sea temporal o perpetua. Y en segundo lugar porque «falta determinar la titularidad dominante de la servidumbre, bien sea una finca/s, bien una o más personas o una comunidad».
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 86.2 de la Constitución, el Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, acordó convalidar el Real Decreto-ley 3/2014, de 28 de febrero, de medidas urgentes para el fomento del empleo y la contratación indefinida, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 52, de 1 de marzo de 2014.
Se ordena la publicación para general conocimiento.
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