PREÁMBULO
La Ley 6/1997, de 8 de enero, de Protección Pública a la Vivienda de la Comunidad de Madrid, creó la figura de la Vivienda con Protección Pública, conceptuándola como aquella que con una superficie construida máxima de 150 metros cuadrados, cumpliese las condiciones de destino, uso, precio y calidad establecidas reglamentariamente y fuera calificada como tal por la Comunidad de Madrid.
El artículo 27 de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria, regula las obligaciones tributarias de los contribuyentes y, en general, de los obligados tributarios. El apartado 5 define y enumera las obligaciones formales, es decir, las que, sin tener carácter pecuniario, están relacionadas con el desarrollo de actuaciones o procedimientos tributarios. Fecha: Jueves, 27 Septiembre, 2012
ORDEN
JUS/586/2010, de 10 de diciembre, por la que se dispone un nuevo aplazamiento de la ejecución de la demarcación notarial prevista para el año 2010 en el Real decreto 173/2007, de 9 de febrero, sobre demarcación notarial.
El Real decreto 173/2007, de 9 de febrero, sobre demarcación notarial, aprobó la creación de nuevas plazas notariales que significó para Cataluña la creación de cuarenta y siete nuevas notarías. Fecha: Martes, 21 Diciembre, 2010
El presidente
de la Generalidad de Cataluña
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Gobierno ha aprobado y yo, en nombre del Rey, y de acuerdo con lo que establece el artículo 67.6 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo el siguiente
DECRETO LEY
Preámbulo Fecha: Viernes, 19 Octubre, 2012
Fecha: Viernes, 27 Diciembre, 2013
En fecha de 19 de septiembre de 2012 se ha firmado el Convenio marco entre la Agencia Tributaria de Cataluña y las diputaciones provinciales de Barcelona, Tarragona, Girona y Lleida, en relación con la colaboración en materia tributaria.
Vistas las previsiones de los artículos 110.3 y 112.2 de la Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña;
Resuelvo:
El Real decreto 172/2007, de 9 de febrero, por el que se modifica la demarcación de los registros de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles aprobó una modificación del mapa de las oficinas registrales que significó para Cataluña la creación de cincuenta y nueve registros.
Advertido error en la Ley Foral 6/2009, de 5 de junio, de medidas urgentes en materia de urbanismo y vivienda, publicada en el Boletín Oficial de Navarra, número 73, de 15 de junio de 2009, se procede a efectuar la oportuna rectificación.
En el párrafo segundo del artículo 22, donde dice:
"..., se añade una Disposición adicional trigésima cuarta ...".
Debe decir:
El artículo 57 del Texto Refundido de las disposiciones del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, aprobado por Decreto Foral Legislativo 250/2002, de 16 de diciembre, establece que la competencia para la gestión, inspección, liquidación y recaudación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones corresponde al Departamento de Economía y Hacienda.
Idéntico principio se contiene en el artículo 32 del Reglamento del Impuesto, aprobado por Decreto Foral 16/2004, de 26 de enero.
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