EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Sea notorio que la Junta General del Principado de Asturias ha aprobado, y yo en nombre de Su Majestad el Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, vengo a promulgar la siguiente Ley del Principado de Asturias de segunda modificación de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural.
PREÁMBULO
Fecha: Viernes, 31 Diciembre, 2010
Advertidos varios errores en la publicación de la Ley 12/2010, de 29 de diciembre, de Medidas Tributarias de la Comunidad Autónoma de Aragón, en el «Boletín Oficial de Aragón» núm. 255, de fecha 31 de diciembre de 2010, se procede a su subsanación en los siguientes términos:
En nombre del Rey y como Presidente de la Comunidad Autónoma de Aragón, promulgo la presente Ley, aprobada por las Cortes de Aragón y ordeno se publique en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Estatuto de Autonomía de Aragón.
El Gobierno de Aragón, en su reunión celebrada el día 8 de febrero de 2011, adoptó el siguiente acuerdo:
Modificar el anexo de la Ley 4/2009, de 22 de junio, de Ordenación del Territorio de Aragón, al objeto de incluir en el epígrafe c) «Infraestructuras energéticas», como apartado VI «Proyectos de instalaciones para producción de energía eléctrica a partir de la energía solar, destinada a su venta en la red, que ocupen una superficie superior a 100 hectáreas». Fecha: Miércoles, 23 Marzo, 2011
En nombre del Rey y como Presidente de la Comunidad Autónoma de Aragón, promulgo la presente Ley, aprobada por las Cortes de Aragón y ordeno se publique en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín oficial del Estado», todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 del Estatuto de Autonomía.
INDICE
PREAMBULO
CAPITULO I. DISPOSICIONES GENERALES Fecha: Domingo, 31 Diciembre, 2006
El Real Decreto 1432/2003, de 21 de noviembre, por el que se regula la emisión de informes motivados relativos al cumplimiento de requisitos científicos y tecnológicos a efectos de la aplicación e interpretación de deducciones fiscales por actividades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica, recogía en sus anexos los formularios normalizados para la presentación de las solicitudes dirigidas a los órganos competentes para la emisión del citado informe motivado. Fecha: Jueves, 15 Noviembre, 2007
En nombre del Rey y como Presidente de la Comunidad Autónoma de Aragón, promulgo la presente Ley, aprobada por las Cortes de Aragón y ordeno se publique en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín oficial del Estado», todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 del Estatuto de Autonomía.
INDICE
PREAMBULO TITULO PRELIMINAR DISPOSICIONES GENERALES Fecha: Domingo, 31 Diciembre, 2006
La Ley 8/1996, de 2 de diciembre, de Delimitación Comarcal de Aragón, dictada según lo previsto por la Disposición adicional segunda de la Ley 10/1993, de 4 de noviembre, de Comarcalización de Aragón, procedió a denominar y describir territorialmente el territorio de las 33 comarcas que debían crearse en Aragón como decisión autonómica específica en relación a su organización territorial propia y con fundamento último en lo previsto en el art. 5 del Estatuto de Autonomía de Aragón. Fecha: Domingo, 31 Diciembre, 2006
La Ley 13/2005, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas en materia de Tributos Cedidos y Tributos Propios de la Comunidad Autónoma de Aragón creó, con la categoría de tributos propios, unas nuevas figuras impositivas, denominadas genéricamente como Impuestos Medioambientales, que gravan concretamente el daño medioambiental causado por la instalación de transportes por cable, la emisión de contaminantes a la atmósfera y las grandes áreas de venta.
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