RESOLUCIÓN de 15 de marzo de 2002 de la Dirección Genaral de los Registros y del Notariado en el recurso gubernativo interpuesto por el «Banco Hipotecario de España Sociedad Anónima» contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Murcia número 2, don Eugenio Aguilar Amador, a inscribir una escritura de novación modificativa de préstamo con garantía hipotecaria, en, virtud de apelación del recurrente.
RESOLUCIÓN de 8 de abril de2002,de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Barcelona, don Rafael Herrero de las Heras, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Mollet del Vallés, don Javier Madurga Rivera a inscribir una escritura de división y modificación de préstamo con garantía. hipotecaria, en virtud de apelación del recurrente.
RESOLUCIÓN de 16 de marzo de 2002 de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Salvador Martel Hidalgo contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Las Palmas de Gran Canaria número 5, don Ricardo Seco Gómez, a inscribir un testimonio de auto de adjudicación, en virtud de apelación del recurrente.
RESOLUCIÓN de 12 de marzo de 2002, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por «Inmobiliaria Compostela, Sociedad Anónima», contra la negativa de la Registradora de la Propiedad de Santiago de Compostela número 2, doña María Jesús Montero Pardo, a practicar una anotación, preventiva de querella, en virtud de apelación, de la recurrente.
RESOLUCIÓN de 12 de marzo de 2002, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por «Inmobiliaria Compostela, Sociedad Anónima», contra la negativa de la Registradora de la Propiedad de Santiago de Compostela número 2, doña María Jesús Montero Pardo, a practicar una anotación, preventiva de querella, en virtud de apelación, de la recurrente.
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE EXTREMADURA.
Sea notorio a todos los ciudadanos que la Asamblea de Extremadura ha aprobado y yo, en nombre del Rey, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.1 del Estatuto de Autonomía, vengo a promulgar la siguiente Ley.
LEY 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio, de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE EXTREMADURA
Sea notorio a todos los ciudadanos que la Asamblea de Extremadura ha aprobado y yo, en nombre del Rey, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.1 del Estatuto de Autonomía, vengo a promulgar la siguiente Ley.
Ley 7/2002, de 09 de mayo 2002, de modificación de la Ley 9/1990, de 28 de diciembre, de Carreteras y Caminos.
Las Cortes de Castilla-La Mancha han aprobado y yo, en nombre del Rey, promulgo la siguiente Ley.
LEY 3/2002, de 21 de mayo, para el desarrollo del uso de la firma electrónica en las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA
Sepan todos los ciudadanos que el Parlamento de La Rioja ha aprobado, y yo, en nombre de su Majestad el Rey y de acuerdo con lo que establece la Constitución y el Estatuto de Autonomía, promulgo la siguiente Ley:
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