Legislación

Se encuentran vacantes en Cataluña los registros de la propiedad que no han correspondido a registradores efectrivos en los concursos ordinariosconvocados hasta ahora por esta Dirección General de Derecho, Entidades Jurídicas y Mediación.

RESOLUCIÓN JUS/3137/2023, de 8 de septiembre, por la que se anuncian determinados registros de la propiedad radicados en el territorio de Cataluña para su provisión conforme a lo dispuesto en el artículo 503 del Reglamento hipotecario.

Fecha: 
Lunes, 18 Septiembre, 2023

Páginas