Se plantea en este expediente si es inscribible un mandamiento de cancelación de cargas dictado en el seno de un procedimiento de ejecución hipotecaria sin acompañarse el correlativo testimonio del decreto de adjudicación. Para obtener la cancelación de la hipoteca será preciso otorgar la correspondiente escritura de cancelación por la entidad acreedora o en procedimiento judicial seguido contra dicha entidad acreedora cuya pretensión sea precisamente obtener dicha cancelación (cfr. artículos 1, 20, 38 y 40 de la Ley Hipotecaria).

Fecha: 
Miércoles, 27 Noviembre, 2019