Debe decidirse en este expediente si puede o no practicarse la cancelación de una hipoteca debidamente inscrita, aportando fotocopias de las carátulas de sendas escrituras de liquidación de gananciales y de aceptación y partición de herencia. En el presente supuesto no consta el otorgamiento de escritura pública alguna que contenga el referido consentimiento de la entidad acreedora o sentencia firme alguna en procedimiento dirigido contra la misma, no resultando por tanto título hábil alguno que inicie el procedimiento registral de cancelación de la carga hipotecaria. Por tanto, el recurso debe ser desestimado.

Fecha: 
Viernes, 26 Junio, 2020