Fecha:
Miércoles, 5 Agosto, 2020
|
Debe decidirse en el presente expediente si son o no inscribibles determinados pactos incluidos en el convenio regulador de los efectos del divorcio. El pacto, establece únicamente la obligación personal de cesión futura, mediante la correspondiente escritura pública, de una participación indivisa del sesenta por ciento de la finca a la ex mujer, pero sin incluir en el mismo convenio una cesión a firme de esta participación indivisa en cuestión. Las cláusulas calificadas no comprenden ninguna transmisión de la finca, sino que recoge una obligación para la posterior celebración del negocio de cesión en el plazo señalado. Caracterizada e interpretada la cuestionada cláusula del convenio regulador como meramente obligacional, la misma no puede ser objeto de inscripción en el Registro |