ORDRE de 20 de desembre de 2000, per la qual s’estableix i es regula la declaració única de conreus.
Els reglaments (CEE) 3508/92 i 3887/92 van establir un sistema integrat de gestió i control relatiu a determinats ajuts comunitaris fonamentat en la superfície com a referència de l’ajut. L’esmentat sistema té com a objectiu principal establir un mecanisme que faciliti aquestes funcions a les administracions públiques competents en la concessió i el control dels ajuts que provenen de fons comunitaris.
DECRETO 87/1998, de 31 de marzo, de modificación del Decreto 282/1995, de 11 de octubre, por el que se regula el procedimiento de adjudicación de viviendas.
valor, catastral, ITPAJD, ISD
Se publican las leyes
en catalán:
en castellano:
LEY 17/1998, de 28 de diciembre, de modificación de la Ley 15/1993, de 28 de diciembre, por la que se crea el Centro de Telecomunicaciones de la Generalidad de Cataluña.
EL PRESIDENTE
DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 33.2 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente
LLEI 14/2000, de 29 de desembre, de pressupostos de la Generalitat de Catalunya per al 2001.
El President de la Generalitat de Catalunya
Sia notori a tots els ciutadans que el Parlament de Catalunya ha aprovat i jo, en nom del Rei i d’acord amb el que estableix l’article 33.2 de l’Estatut d’autonomia de Catalunya, promulgo la següent
LLEI
Preàmbul
racionalización, sostenibilidad, Administración, Local.
Sea notorio a todos los ciudadanos que las Cortes de Castilla y León han aprobado y yo en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 16.4 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley.
LEY 31/1997, de 4 de agosto, de modificación del régimen de cesión de tributos del Estado a la Generalidad de Catalunya y de fijación del alcance y condiciones de dicha cesión.
JUAN CARLOS I
Rey de España
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley:
Los tributos que el Estado cede a las Comunidades Autónomas constituyen un recurso financiero de éstas, tal y como dispone expresamente el artículo 157.1 a) de la Constitución.
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