LEY 6/1997, de 4 de diciembre, de Consejos . y Colegios Profesionales de la Comunidad Valenciana.
Sea notorio y manifiesto a todos los ciudadanos que las Cortes Valencianas han aprobado y yo, de acuerdo con lo establecido por la Constitución y el Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo la Ley siguiente:
Fecha: Martes, 9 Diciembre, 1997
LEY 10/1997 de 30 de octubre, de reforma de la Ley 5/1985, de 3 de Junio, de Incompatibilidades de los Miembros del Consejo de Gobierno y Altos Cargos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Fecha: Martes, 2 Diciembre, 1997
LEY 3/1997, de 24 de noviembre, de la Cámara Agraria del Principado de Asturias.
LEY 3/1997, de 24 de noviembre, de la Cámara Agraria del Principado de Asturias.
LEY FORAL 14/1997, de 17 de noviembre, de disciplina turística.
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE NAVARRA
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral de Disciplina Turística.
Fecha: Viernes, 28 Noviembre, 1997
Fecha: Miércoles, 23 Julio, 1997
El artículo 31 del Estatuto de Autonomía establece la competencia exclusiva de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para regular la organización, régimen y funcionamiento interno de las instituciones de crédito cooperativo, público y territorial, Cajas de Ahorros y Cajas Rurales. La inclusión de tal competencia exclusiva en el Estatuto de Autonomía se produjo con el acuerdo unánime de todos los grupos parlamentarios, repitiéndose tal nivel de consenso sobre esta materia en la reforma del Estatuto de 24 de marzo de 1994.
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