Boletín Oficial de Estado
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley orgánica.
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente
Ley.
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley.
El presente real decreto procede al desarrollo reglamentario que precisa la transposición de la Directiva 2008/118/CE, del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, relativa al régimen general de los impuestos especiales, y por la que se deroga la Directiva 92/12/CEE, del Consejo, de 25 de febrero de 1992, relativa al régimen general, tenencia, circulación y controles de los productos objeto de impuestos especiales, transposición que ha sido llevada a cabo por la Ley 2/2010, de 1 de marzo, por la que se transponen determinadas directivas en el ámbi
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, y el Decreto de 19 de octubre de 1973, y visto el expediente personal del Notario de Alcalá de Henares, don Eduardo Cobián Echavarría, del cual resulta que ha cumplido la edad en que legalmente procede su jubilación.
Fecha: Viernes, 26 Febrero, 2010
El Real Decreto 173/2007, de 9 de febrero, sobre demarcación notarial aprobó la creación de nuevas plazas notariales que significó para Cataluña la creación de cuarenta y siete nuevas notarías.
El artículo 9 del Real Decreto 173/2007, de 9 de febrero, aplazó la provisión de algunas de las notarías creadas por periodos de uno, dos y tres años a contar a partir de la entrada en vigor del Real Decreto.
Fecha: Miércoles, 24 Febrero, 2010
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley orgánica.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, y el Decreto de 19 de octubre de 1973, y visto el expediente personal del Notario de Alcobendas, don Jesús Alejandre Alberruche, del cual resulta que ha cumplido la edad en que legalmente procede su jubilación.
Fecha: Miércoles, 17 Febrero, 2010
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