Visto el expediente instruido para la provisión de notarías vacantes en el territorio de la Comunitat Valenciana, en virtud del concurso ordinario convocado por Resolución de 2 de febrero de 2009, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, y resuelto por Resolución de 12 de marzo de 2009, de la misma Dirección General, de conformidad con lo establecido en los artículos 23, 88 al 96 y demás concordantes del Reglamento Notarial vigente, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 58 del Estatut d’Autonomia de la Comunitat Valenciana, a propues
Sea notorio y manifiesto a todos los ciudadanos, que Les Corts han aprobado, y yo, de acuerdo con lo establecido por la Constitución y el Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo la siguiente ley
Date: Monday, 29 December, 2008
La Ley 4/1992, de 5 de junio, del Suelo No Urbanizable, introdujo la figura del canon de aprovechamiento urbanístico junto al innovador procedimiento de la declaración de interés comunitario.
Visto el expediente instruido para la provisión de Notarías vacantes en el territorio de la Comunitat Valenciana, en virtud del concurso ordinario convocado por Resolución de 18 de julio de 2008, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, y resuelto por Resolución de 2 de septiembre de 2008, de conformidad con los artículos 23, 88 al 96, y demás concordantes del Reglamento Notarial vigente, ateniéndose a lo establecido en la disposición adicional vigésimo cuarta de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, y al artículo 43, apartado uno, de la Ley 14 Date: Monday, 22 September, 2008
Sea notorio y manifiesto a todos los ciudadanos, que Les Corts han aprobado, y yo, de acuerdo con lo establecido por la Constitución y el Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo la siguiente ley:
PREÁMBULO
Date: Thursday, 16 October, 2008
Sea notorio y manifiesto a todos los ciudadanos, que Les Corts han aprobado, y yo, de acuerdo con lo establecido por la Constitución y el Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo la siguiente ley:
Advertido un error en el Decreto 82/2008, de 6 de junio, del Con Consell, por el que se modifican el Decreto 41/2006, de 24 de marzo, del Consell, por el que se regulan las actuaciones protegidas para facilitar el acceso a la vivienda en la Comunitat Valenciana en el marco del Plan estatal 2005-2008 y del Plan de acceso a la vivienda de la Comunitat Valenciana 2004-2007, el Decreto 81/2006, de 9 de junio, del Consell, de desarrollo de las medidas y ayudas financieras a la rehabilitación de edificios y viviendas en la Comunitat Valenciana en el marco del Plan
- Read more about CORRECCIÓN de errores del Decreto 82/2008, de 6 de junio, del Consell, por el que se modifican el Decreto 41/2006, de 24 de marzo, del Consell, por el que se regulan las actuaciones protegidas para facilitar el acceso a la vivienda en la Comunitat Valenciana en el marco del Plan estatal 2005-2008 y del Plan de acceso a la vivienda de la Comunitat Valenciana 2004-2007, el Decreto 81/2006, de 9 de junio, del Consell, de desarrollo de las medidas y ayudas financieras a la rehabilitación de edificios y viviendas en la Comunitat Valenciana en el marco del Plan estatal 2005/2008 y del Programa Restauro de la Generalitat, el Decreto 75/2007, de 18 de mayo, del Consell, por el que se aprobó el Reglamento de Protección Pública a la Vivienda, y el Decreto 76/2007, de 18 de mayo, del Consell, por el que se aprobó el Reglamento de Rehabilitación de Edificios y Viviendas.
La Ley 4/2004, de 30 de junio, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje, la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana, y el Decreto 67/2006, de 19 de mayo, del Consell, por el que se aprobó el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística, son normas caracterizadas por potenciar la implantación de viviendas sometidas a algún régimen de protección pública, haciendo efectivo el mandato constitucional recogido en el artículo 47 de la Constitución Española.
El Estatut d’Autonomia de la Comunitat Valenciana establece las competencias que corresponden a la Generalitat. Entre ellas, las de promover las condiciones para que los derechos sociales de los ciudadanos valencianos sean objeto de una aplicación real y efectiva, estableciendo, del mismo modo, como uno de los principales ámbitos de actuación, la, defensa integral de la familia
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 148.1.3ª de la Constitución Española, las Comunidades Autónomas tienen competencia exclusiva en materia de vivienda, correspondiendo al Estado el establecimiento de un marco general tanto para la planificación económica como financiera, en el que se enmarca el sector de la vivienda.
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