El Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, en su artículo 36, y su Reglamento, en los artículos 32 y siguientes, regulan el régimen de estimación objetiva en orden a la determinación de los rendimientos de las pequeñas y medianas empresas y de los profesionales.
Visto el expediente instruido para la provisión de notarías vacantes en el territorio de la Comunitat Valenciana, en virtud del concurso ordinario convocado por Resolución de 8 de noviembre de 2007, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, y resuelto por Resolución de 10 de enero de 2008, de conformidad con los artículos 23, 88 al 96, y demás concordantes del Reglamento Notarial vigente, ateniéndose a lo establecido en la disposición adicional vigésimo cuarta de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, y al artículo 43, apartado uno, de la Ley 14/
Les Corts han advertido un error en el texto tramitado para la publicación de la Ley 15/2007, de 27 de diciembre, de la Generalitat, de Presupuestos para el ejercicio 2008, publicada en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana número 5670, de 31 de diciembre de 2007, por lo que procede efectuar la siguiente corrección:
En el artículo 37, punto 2, donde dice:
«[...] valores de renta fija emitidos por fondos de titularidad de activos [...]»;
Sea notorio y manifiesto a todos los ciudadanos, que Les Corts han aprobado, y yo, de acuerdo con lo establecido por la Constitución y el Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo la siguiente ley:
Date: Monday, 31 December, 2007
De acuerdo con lo establecido en el artículo 37.2 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, así como con lo preceptuado por el artículo 46 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, declarado vigente por la disposición derogatoria única del Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo, deben fijarse las fiestas laborales de carácter local en el ámbito de la Comunidad Valenciana, todas ellas retribuidas y no recuperables. Date: Monday, 31 December, 2007
Sea notorio y manifiesto a todos los ciudadanos, que Les Corts han aprobado, y yo, de acuerdo con lo establecido por la Constitución y el Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo la siguiente ley:
Date: Friday, 28 December, 2007
El artículo 31 del Decreto 92/2007, de 6 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat, atribuye a la conselleria de Gobernación las competencias en materia de espectáculos, establecimientos públicos y actividades recreativas. Date: Friday, 28 December, 2007
El Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprobó el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajado Trabajadores, determinó, en su disposición transitoria quinta, la vigencia hasta el 12 de junio de 1995 de las normas sobre jornada y descansos contenidas en el Real decreto 2001/1983, de 28 de julio, sin perjuicio de su adecuación por el Gobierno, previa consulta a las organizaciones empresariales y sindicales afectadas, a las previsiones contenidas en los artículos 34 a 38 del mencionado texto legal. Date: Monday, 17 September, 2007
La Ley 4/1992, de 5 de junio, del Suelo No Urbanizable introdujo, junto a la innovadora institución de la declaración de interés comunitario, la figura del canon de aprovechamiento urbanístico al que, salvo excepciones, debían satisfacer los promotores de cada actuación a los respectivos municipios.
Advertido error en la publicación del Decreto 36/2007, de 13 de abril, del Consell, por el que se modifica el Decreto 67/2006, de 19 de mayo, del Consell, por el que se aprobó el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística, publicado en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana número 5.491, de 17 de abril de 2007, se procede a la corrección del mismo:En la página 16.053 del mencionado DOCV.
Donde dice:
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