Resoluciones

En el expediente de dominio para la reanudación del tracto, al haber de cancelarse la inscripción a favor del titular, si en el Auto no se expresa haberse seguido los trámites previstos, no es posible concluir si tal titular ha sido respetado en sus garantías legales.

Resolución de 18 de enero de 2001, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Fulgencio Millán Díez, contra la negativa de la Registradora de la Propiedad número 5 de Valladolid, doña María José Triana Álvarez, a inscribir un testimonio de auto recaído en expediente de dominio para reanudar el tracto sucesivo interrumpido de una finca, en virtud de apelación de la Registradora.

Date: 
Thursday, 15 February, 2001

Para declarar la nulidad de un asiento, es preciso que, en el procedimiento judicial oportuno, y con intervención del titular registral, se obtenga la declaración de nulidad, pues, en caso contrario, se produciría una situación de indefensión de tal titular, proscrita por la Constitución Española (cfr. artículo 24)

Resolución de 17 de enero de 2001, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Partido Democrático Doctrinal del Pueblo Español, contra la negativa de la Registradora de la Propiedad de L'Hospitalet de Llobregat número 4, doña María Esperanza García-Reyes Cuevas,
a anular la inscripción de dominio de una finca, en virtud de apelación del recurrente.

Date: 
Thursday, 15 February, 2001

Es cierto que el artículo 5 del Reglamento Hipotecario de 14 de febrero de 1947 incluía los templos destinados al culto católico entre los bienes exceptuados de inscripción. Mas si se tiene en cuenta que, aparte los fundados argumentos aducidos por el Presidente del Tribunal Superior de Justicia en el Auto apelado para ordenar la inscripción cuestionada, aquella norma restrictiva ha sido derogada por el Real Decreto 1867/1998

Resolución de 12 de enero de 2001, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por la Iglesia Parroquial de Nuestra Señora de Navarrés, contra la negativa de la Registradora de la Propiedad de Enguera, doña Emilia García Cueco, a inmatricular determinada finca urbana, en virtud de apelación de la señora Registradora

Date: 
Thursday, 15 February, 2001

Ningún obstáculo existe para hacer constar por vía de anotación preventiva el ejercicio en la querella criminal de la acción civil derivada del delito si esta acción, como ahora ocurre, tiene efectiva trascendencia real

Resolución de 13 de noviembre de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Procurador de los Tribunales don Rafael Merino Jiménez Casquet, en nombre de don Juan Pablo Mialy y otros, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Marbella, número 1, don Manuel López Barajas García Valdecasas, a practicar una anotación preventiva de querella, en virtud de apelación del recurrente.

Date: 
Thursday, 25 January, 2001

Ningún obstáculo existe para hacer constar por vía de anotación preventiva el ejercicio en la querella criminal de la acción civil derivada del delito si esta acción, como ahora ocurre, tiene efectiva trascendencia real

Resolución de 13 de noviembre de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Procurador de los Tribunales don Rafael Merino Jiménez Casquet, en nombre de don Juan Pablo Mialy y otros, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Marbella, número 1, don Manuel López Barajas García Valdecasas, a practicar una anotación preventiva de querella, en virtud de apelación del recurrente.

Date: 
Thursday, 25 January, 2001

Ninguna dificultad existe para inscribir parcialmente la hipoteca en cuanto al principal y a las costas, suspendiéndola en cuanto a los intereses ordinarios y moratorios; sobre ser conveniente obtener ya la garantía de aquéllos, ninguna razón hay para que el rechazo de la garantía respecto a la obligación accesoria -que puede no haberse pretendido- implique también el de la cobertura de la obligación principal, obligación cuya existencia no queda afectada por los vicios de aquélla

Resolución de 6 de noviembre de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Procurador de los Tribunales, don Alfonso Vicente Pérez Cerdán, en nombre del "Banco Hipotecario de España, Sociedad Anónima", contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Murcia, número 2, don Eugenio Aguilar Amador, a inscribir una escritura de préstamo hipotecario, en virtud de apelación del recurrente.

Date: 
Wednesday, 24 January, 2001

Junto a las escrituras de compraventa y donación, un tercera en la que la esposa del adquirente, con posterioridad a la donación y antes de la compraventa, prestó el consentimiento previsto en el artículo 1320 del Código Civil a la hipoteca y futura, en su caso, enajenación de la vivienda unifamiliar que va a adquirir su esposo subrogándose en un crédito hipotecario pues tal manifestación podría, en su caso, servir para que el bien se inscribiera con carácter privativo por confesión del consorte, pero nunca, y es lo único que se discute (cfr. artículo 117 del Reglamento Hipotecario), con carácter privativo sin más.

Resolución de 7 de diciembre de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Madrid, don José María de Prada Guaita, contra la negativa del Registrador de la Propiedad interino de Madrid, número 35, don José Miguel Masa Burgos, a inscribir una escritura de compraventa, en virtud de apelación del Sr. Registrador.

Date: 
Wednesday, 24 January, 2001

Plantea un supuesto totalmente ajeno al que ahora se examina que es la garantía del precio en una compraventa voluntaria de participaciones sociales, totalmente ajeno al de venta forzosa previo embargo en procedimiento de ejecución, en que la adquisición por la sociedad de las participaciones con la consiguiente obligación de amortizarlas no sólo es subsidiaria respecto de los socios, sino que requiere previsión estatutaria que la admita y así todo siempre sería facultativa.

Resolución de 1 de diciembre de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Abogado don Juan Puig Fontanals, en representación de doña María Victoria Aguilera García, frente a la negativa del Registrador de la Propiedad número 21 de Barcelona, don José María Alfin Massot, a inscribir una escritura de constitución de hipoteca en virtud de apelación del recurrente.

Date: 
Wednesday, 24 January, 2001

En este sentido, cuando la cancelación se lleve a cabo por medio de apoderado, el carácter restrictivo que debe presidir la interpretación de las facultades concedidas por el poderdante, unido a la exigencia de mandato expreso para los actos de disposición y riguroso dominio (cfr. artículo 1.713 del Código Civil), obligan a distinguir según que la facultad de cancelar tenga carácter autónomo, no condicionado a una causa antecedente, o, por el contrario, aparezca subordinada a esa causa

Resolución de 2 de diciembre de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Barcelona don Tomás Giménez Duart, frente a la negativa del Registrador de la Propiedad número 8 de la misma capital, don Juan José Ortín Cavallé, a cancelar una hipoteca, en virtud de apelación del recurrente.

Date: 
Wednesday, 24 January, 2001

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