Resoluciones

Para practicar una anotación de embargo es necesario que el demandado sea exactamente el titular registral y solo la perfecta correspondencia entre los datos identificativos entre el Registro y el documento judicial calificado aseguran el respeto a los derechos constitucionales procesales y registrales de protección jurisdiccional de los propios derechos consagrados en el artículo 24 de la Constitución

RESOLUCIÓN de 17 de octubre de 2003, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por José Manuel Fernández Fernández, contra la negativa de la Registradora de la Propiedad de Infiesto, doña Isabel Mª Rodríguez Martínez, a practicar una anotación preventiva de embargo.

Date: 
Tuesday, 2 December, 2003

El artículo 92 del Reglamento Hipotecario se limita a exigir, en este caso, que se exprese en la inscripción que el bien se adquiere «con sujeción a su régimen matrimonial».

RESOLUCIÓN de 14 de octubre de 2003, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Torrevieja, don Miguel-Ángel Robles Perea, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Orihuela número 2, don Fructuoso Flores Bernal, a inscribir una escritura de compraventa.

Date: 
Tuesday, 2 December, 2003

En el presente caso se trata de un aumento del capital en el que las aportaciones dinerarias han sido objeto del correspondiente depósito bancario en un momento posterior a la fecha de adopción de aquel acuerdo, y esta circunstancia es suficiente para desestimar el defecto, tal como ha sido expresado por el Registrador en su calificación

RESOLUCIÓN de 22 de octubre de 2003, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por «Cementos y Logística Nivaria, S.A.», contra la negativa del Registrador Mercantil de Santa Cruz de Tenerife, don Fernando Cabello de los Cobos y Mancha, a inscribir una escritura de aumento del capital social.

Date: 
Tuesday, 2 December, 2003

Vigente la nota marginal de cierre, no podrá practicar ningún asiento en la hoja abierta a la sociedad afectada, a excepción de los ordenados por la autoridad judicial y de los que sean presupuesto necesario para la reapertura de dicha hoja o el depósito de las cuentas anuales, excepción que, según la Resolución de 7 de mayo de 1997, no ampara los acuerdos de apertura del período de liquidación y nombramiento de liquidadores.

RESOLUCIÓN de 23 de octubre de 2003, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por «Mar Food, S.A.», contra la negativa del Registrador Mercantil de Castellón, don Salvador Mínguez Sanz, a inscribir una escritura de elevación a público de acuerdos de disolución, cese de administra dores y nombramiento de liquidadores de dicha entidad.

Date: 
Tuesday, 2 December, 2003

El Registrador por su parte debe comprobar que la identidad del otorgante coincida con la del titular registral por lo que resulte de los asientos del Registro, dados los efectos de la inscripción especialmente en orden a la legitimación y fe pública registral. Sin embargo, en este supuesto es evidente que al utilizarse medios distintos de identificación en el momento de la adquisición y en el instante de la venta, lógicamente los números deben discrepar, con lo que el defecto, tal y como ha sido formulado no puede ser mantenido.

RESOLUCIÓN de 2 de octubre de 2003, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Barcelona, don José Javier Cuevas Castaño, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de dicha ciudad, n ° 24, don Jesús Santos y Ruiz de Eguilaz, a inscribir una escritura de comprarventa.

Date: 
Tuesday, 2 December, 2003

Tales obstáculos desaparecerán una vez que cualquier interesado solicite la constancia del nacimiento de la obligación o el cumplimiento de la condición tal como permite el artículo 143 de la Ley Hipotecaria.

RESOLUCIÓN de 30 de septiembre de 2003, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por «Infaheber, S.L", frente a la negativa del Registrador de la Propiedad de Madrid n.° 13, don Juan Fernández Guerrero, a inscribir una escritura de constitución de hipoteca unilateral.

Date: 
Tuesday, 25 November, 2003

Una valoración unilateralmente practicada por la sociedad, en concreto por su administrador, sea cual sea el procedimiento seguido o base en que se apoye no respeta la exigencia legal que en definitiva no busca sino una garantía de los derechos de las dos partes implicadas.

RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2003, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por «Dispren y Rev, S.L.», frente a la decisión del Registrador Mercantil, XVI de Barcelona, don F. Javier González del Valle García, que confirmó su calificación denegatoria de la inscripción de un acuerdo de reducción del capital social como consecuencia de la exclusión de un socio.

Date: 
Tuesday, 25 November, 2003

Es requisito esencial que el representante orgánico o voluntario aparezca perfectamente identificado, cumpliendo lo dispuesto en el artículo 11.3.° de la Ordenanza de 19 de Julio de 1999, acreditándose su intervención en el contrato, y legitimándose su firma. Requisito, el de la identificación de los intervinientes que debe ser calificado y apreciado por el Registrador, mas no siendo suficiente una simple referencia a si hay firmas de más o de menos, pues ello no permite conocer con exactitud cuál es el defecto alegado, dificultando su subsanación

RESOLUCIÓN de 20 de octubre de 2003, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Madrid don José María López Arcas y Lostalet contra la negativa del Registrador de Bienes Muebles de Baleares, don Joan Vidal Perelló, a inscribir un contrato de arrendamiento financiero mobiliario.

Date: 
Tuesday, 25 November, 2003

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