Autonomous Communities

Ley 23/2006, de 20 de diciembre, de capitalidad de Palma de Mallorca.



EL PRESIDENTE DE LAS ILLES BALEARS



Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de las Illes Balears ha aprobado y yo, en nombre del Rey, y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 27.2 del Estatuto de Autonomía, tengo a bien promulgar la siguiente Ley. Índice: Exposición de motivos.

Título preliminar. Título I. Organización del gobierno municipal.

Date: 
Wednesday, 27 December, 2006

ORDEN TRE/589/2006, de 19 de diciembre, por la que se establece el calendario de fiestas locales en Cataluña para el año 2007.

Considerando que los ayuntamientos de Cataluña que se relacionan a continuación han formulado propuestas sobre las dos fiestas locales que corresponden a su municipio y agregados, de conformidad con el artículo 37.2 del Estatuto de los trabajadores y con el artículo 46 del Real decreto 2001/1983, corresponde a la autoridad laboral determinarlas y publicarlas.

Se hacen constar en la presente Orden los ayuntamientos que no han formulado propuesta de fiestas locales dentro del plazo señalado.

Date: 
Wednesday, 27 December, 2006

DECRETO LEGISLATIVO 2/2006, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de Tributos Propios.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.2.j) del Estatuto de Autonomía de Extremadura y en el artículo 45 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, mediante la aprobación del presente Texto Refundido la Junta de Extremadura ejercita la potestad de la delegación legislativa encomendada por la Asamblea de Extremadura contenida en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 8/2005, de 27 de diciembre, de Reforma de Tributos Propios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Date: 
Saturday, 23 December, 2006

DECRETO LEGISLATIVO 1/2006, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de Tributos Cedidos por el Estado.

La Disposición Adicional Primera de la Ley 9/2005, de 27 de diciembre, de Reforma en materia de Tributos Cedidos, en relación con lo dispuesto en el artículo 19.2.j) del Estatuto de Extremadura y en el artículo 45 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, autorizaba al Consejo de Gobierno para que en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la misma aprobase un texto refundido de las disposiciones dictadas en materia de tributos cedidos por la Comunidad Autónoma de Extremadura, exten

Date: 
Saturday, 23 December, 2006

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