De acuerdo con la Ley 21/2001, de 27 de diciembre, por la que se regulan las medidas fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y ciudades con Estatuto de Autonomía, y la Ley 17/2002, de 1 de julio, del régimen de cesión de tributos del Estado a la Generalidad de Cataluña y de fijación del alcance y las condiciones de esta cesión, la Administración de la Generalidad de Cataluña tiene atribuidas las facultades de gestión, liquidación y recaudación en relación con el impuesto sobre sucesiones y don
Fecha: Miércoles, 18 Enero, 2006
Reglamento del Parlamento de Cataluña, aprobado por el Pleno del Parlamento en su sesión del día 22 de diciembre de 2005.
TÍTULO I
De la constitución del Parlamento
Artículo 1
Sesión constitutiva Fecha: Miércoles, 18 Enero, 2006
El incesante progreso tecnológico que vive nuestra sociedad actual hace necesario incorporar las nuevas Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (TIC) a la gestión administrativa, para dar así respuesta a la creciente demanda ciudadana de nuevos cauces de comunicación en sus trámites sin merma, todo ello, del principio de eficacia administrativa consagrado en el artículo 103 de la Constitución.
Por Resolución de 13 de octubre de 2005 ("Boletín Oficial del Estado" del día 25) la Dirección General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia convocó el concurso número 3 de 2005 de los correspondientes a provisión ordinaria de Notarías, expediente que incluía ciertas vacantes radicadas en la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el artículo 88 del Reglamento Notarial.
El Estatuto de Autonomía de Castilla y León, aprobado por Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero, dispone en su artículo 30 que «Los Notarios y Registradores de la Propiedad y Mercantiles serán nombrados para su destino en la Comunidad por la Junta de Castilla y León, de conformidad con las Leyes del Estado».
Visto el expediente instruido para la provisión de Notarías vacantes, comprendidas en el concurso ordinario convocado por Resolución de 13 de octubre de 2005 y publicado en el Boletín Oficial del Estado de 25 de octubre de 2005, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.22 del Estatuto de Autonomía y en uso de las facultades conferidas por el Decreto 315/2005, de 18 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social,
El Presidente de la Generalidad de Cataluña
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 33.2 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente
El Presidente de la Generalidad de Cataluña
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 33.2 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente
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