Comunidades Autónomas

DECRETO 4/2006, de 17 de enero, por el que se atribuyen a los registradores y a las registradoras de la propiedad y mercantiles y de bienes muebles funciones en la gestión, liquidación y recaudación de determinados tributos cedidos a la Generalidad de Cataluña y se aprueba el régimen de creación, división y supresión de oficinas liquidadoras.

De acuerdo con la Ley 21/2001, de 27 de diciembre, por la que se regulan las medidas fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y ciudades con Estatuto de Autonomía, y la Ley 17/2002, de 1 de julio, del régimen de cesión de tributos del Estado a la Generalidad de Cataluña y de fijación del alcance y las condiciones de esta cesión, la Administración de la Generalidad de Cataluña tiene atribuidas las facultades de gestión, liquidación y recaudación en relación con el impuesto sobre sucesiones y don

Fecha: 
Jueves, 19 Enero, 2006

REGLAMENTO del Parlamento de Cataluña.

Reglamento del Parlamento de Cataluña, aprobado por el Pleno del Parlamento en su sesión del día 22 de diciembre de 2005.

TÍTULO I

De la constitución del Parlamento

Artículo 1

Sesión constitutiva

Fecha: 
Miércoles, 18 Enero, 2006

DECRETO 2/2006, de 10 de enero, por el que se crea el Registro Telemático, se regula la utilización de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas, así como el empleo de la firma electrónica reconocida por la administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

El incesante progreso tecnológico que vive nuestra sociedad actual hace necesario incorporar las nuevas Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (TIC) a la gestión administrativa, para dar así respuesta a la creciente demanda ciudadana de nuevos cauces de comunicación en sus trámites sin merma, todo ello, del principio de eficacia administrativa consagrado en el artículo 103 de la Constitución.

Fecha: 
Martes, 17 Enero, 2006

ORDEN de 20 de diciembre de 2005, del Vicepresidente Segundo y Consejero de Justicia e Interior, por la que se nombran Notarios con destino en el territorio de la Comunidad de Madrid.

Por Resolución de 13 de octubre de 2005 ("Boletín Oficial del Estado" del día 25) la Dirección General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia convocó el concurso número 3 de 2005 de los correspondientes a provisión ordinaria de Notarías, expediente que incluía ciertas vacantes radicadas en la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el artículo 88 del Reglamento Notarial.

Fecha: 
Lunes, 9 Enero, 2006

ACUERDO 142/2005, de 29 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se nombran Notarios para su destino en la Comunidad de Castilla y León.



    El Estatuto de Autonomía de Castilla y León, aprobado por Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero, dispone en su artículo 30 que «Los Notarios y Registradores de la Propiedad y Mercantiles serán nombrados para su destino en la Comunidad por la Junta de Castilla y León, de conformidad con las Leyes del Estado».
Fecha: 
Miércoles, 4 Enero, 2006

ORDEN de 7 de diciembre de 2005, del Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social, por la que se procede al nombramiento de Notarios en resolución de concurso ordinario de vacantes existentes en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

      Visto el expediente instruido para la provisión de Notarías vacantes, comprendidas en el concurso ordinario convocado por Resolución de 13 de octubre de 2005 y publicado en el Boletín Oficial del Estado de 25 de octubre de 2005, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.22 del Estatuto de Autonomía y en uso de las facultades conferidas por el Decreto 315/2005, de 18 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social,

Fecha: 
Martes, 3 Enero, 2006

LEY 18/2005, de 27 de diciembre, de equipamientos comerciales.

El Presidente de la Generalidad de Cataluña

Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 33.2 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente



LEY

Preámbulo

Fecha: 
Martes, 3 Enero, 2006

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