De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 del Estatuto de Autonomía de Aragón, las Cortes de Aragón, en sesión plenaria celebrada los días 7 y 8 de febrero de 2013, han acordado la convalidación del Decreto-Ley 1/2013, de 9 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se modifican la Ley 9/1989, de 5 de octubre, de ordenación de la actividad comercial, y la Ley 7/2005, de 4 de octubre, de horarios comerciales y apertura de festivos, publicado en el "Boletín Oficial de Aragón" número 7, de 10 de enero de 2013.
- Llegir més sobre RESOLUCIÓN de 7 de febrero de 2013, de las Cortes de Aragón, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Decreto-Ley 1/2013, de 9 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se modifican la Ley 9/1989, de 5 de octubre, de ordenación de la actividad comercial, y la Ley 7/2005, de 4 de octubre, de horarios comerciales y apertura de festivos.
Mediante Orden de 30 de diciembre de 2008, del Consejero de Presidencia, modificada por Orden de 10 de mayo de 2012, del Consejero de Hacienda y Administración Pública, se crea el Catálogo de modelos normalizados de solicitudes y comunicaciones dirigidas a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Advertidos errores en la Ley 10/2012, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 36, de fecha 11 de febrero de 2013, se procede a su subsanación en los siguientes términos:
En la página 11927, en el Anexo I, que contiene el Texto Actualizado de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de Tributos Cedidos, en la letra g) del apartado 1 del artículo 132.5:
El artículo 37.2 del texto refundido del Estatuto de los Trabajadores aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en relación con el artículo 45 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, según redacción dada al mismo por el Real Decreto 1346/1989, de 3 de noviembre, establece las festividades de ámbito nacional que se incluirán cada año en el calendario laboral como días inhábiles.
La Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (en adelante LGT), establece, en su artículo 116, que «la Administración Tributaria elaborará anualmente un Plan de control tributario que tendrá carácter reservado, aunque ello no impedirá que se hagan públicos los criterios generales que lo informen».
Fecha: divendres, 19 abril, 2013
En nombre del Rey y como Presidenta de la Comunidad Autónoma de Aragón, promulgo la presente Ley, aprobada por las Cortes de Aragón y ordeno se publique en el "Boletín Oficial de Aragón" y en el "Boletín Oficial del Estado", todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Estatuto de Autonomía de Aragón.
PREÁMBULO
El artículo 57 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, señala los medios que la Administración tributaria puede utilizar para calcular el valor de las rentas, productos, bienes y demás elementos determinantes de la obligación tributaria, entre los que cita, en su apartado c), el de precios medios en el mercado.
Advertido error en la publicación de la Ley 10/2012, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón, en el "Boletín Oficial de Aragón" núm. 253, de fecha 31 de diciembre de 2012, se procede a su subsanación en el sentido siguiente:
Página 29025: En el artículo 30 de la Ley 10/2012, apartado 1,
donde dice: "1. El artículo 5 queda redactado como sigue:",
En nombre del Rey y como Presidenta de la Comunidad Autónoma de Aragón, promulgo la presente Ley, aprobada por las Cortes de Aragón y ordeno se publique en el "Boletín Oficial de Aragón" y en el "Boletín Oficial del Estado", todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Estatuto de Autonomía de Aragón.
Preámbulo
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