Visto el acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno en fecha 10 de marzo de 2006, en virtud de la Ley Orgánica 1/1998, de 15 de junio, de reforma de la Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio, por la que la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia asumió nuevas competencias entre las que se encuentra el nombramiento por el Consejo de Gobierno, de conformidad con las leyes del Estado, de Notarios, Registradores de la Propiedad y Mercantiles y Corredores de Comercio y del Decreto número 47/98, de 23 de julio, de atribución de competencias a la Consejería de Presid
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA
Sea notorio a todos los ciudadanos de la Región de Murcia, que la Asamblea Regional ha aprobado la Ley 5/2006, de 16 de junio, de modificación de la Ley 4/2003, de 10 de abril, de regulación de los tipos aplicables en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados a las Viviendas Acogidas al Plan de Vivienda Joven de la Región de Murcia.
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA
Sea notorio a todos los ciudadanos de la Región de Murcia, que la Asamblea Regional ha aprobado la Ley 5/2005, de 20 de junio, para la aplicación de la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, a la ciudad de Cartagena.
La Constitución Española establece en sus artículos 148.1.3 y 148.1.13 la posibilidad de que las Comunidades Autónomas asuman competencias respectivamente en las materias de ordenación del territorio y fomento del desarrollo económico dentro de los objetivos marcados por la política económica nacional.
El derecho constitucional a disfrutar de una vivienda digna y adecuada exige que los poderes públicos promuevan las condiciones necesarias para hacer efectivo ese derecho.
El presente Decreto tiene por objeto adaptar los precios de la vivienda a los costes reales, de forma que se establecen nuevos precios máximos de venta por metro cuadrado de superficie útil, aplicables a la vivienda protegida de nueva construcción y a la vivienda usada a precio protegido, a fin de estimular su oferta. Fecha: dissabte, 30 setembre, 2006
El Presidente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Sea notorio a todos los ciudadanos de la Región de Murcia, que la Asamblea Regional ha aprobado la Ley de Artesanía de la Región de Murcia.
Por consiguiente, al amparo del artículo 30.Dos, del Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley:
Advertido error en el Decreto nº 102/2006, de 8 de junio, por el que se aprueban las «Directrices y Plan Territorial del Suelo Industrial de la Región de Murcia», publicado en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» n.º 137, de 16 de junio de 2006, se procede a su rectificación en los siguientes términos:
Mediante Ley 6/2009, de 9 de octubre, se ha creado el Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Región de Murcia, adscrito a la Consejería de Presidencia según lo previsto en el Decreto n.º 141/2011, de 8 de julio, por el que se establecen los órganos directivos de la Consejería de Presidencia.
Fecha: divendres, 21 febrer, 2014
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