Resoluciones

Salvo en el momento inicial de la constitución de la sociedad anónima y en el caso de unipersonalidad sobrevenida o de cambio de socio único [cfr. artículos 8.c) de la Ley de Sociedades Anónimas y 114.1.1ª. y 203.2 del Reglamento del Registro Mercantil], la titularidad de las acciones fluye al margen del Registro Mercantil

RESOLUCIÓN de 23 de mayo de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Procurador de los Tribunales don Fernando Merás Santiago, en nombre de la Sindicatura de la quiebra de don Francisco Grau Llácer, contra la negativa de la Registradora Mercantil número VI de Madrid doña María Victoria Arizmendi Gutiérrez, a practicar determinada anotación preventiva de demanda en la hoja de la sociedad «Ciudalcampo, Sociedad Anónima».

Fecha: 
dilluns, 3 juliol, 2000

No corresponde al Registrador comprobar el cumplimiento de aquellos trámites procedimentales que no están establecidos en interés o para el desenvolvimiento de los derechos inscritos que pudieran verse afectados por las resultas del procedimiento

RESOLUCIÓN de 29 mayo de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Procurador de los Tribunales, don Javier Diez González, en nombre de don Emilio Sánchez Bravo, contra la negativa de la Registradora de la Propiedad de Nava del Rey, doña Mercedes Jiménez Alfaro Larrazabal, a inscribir un expediente de dominio, en virtud de apelación de la señora Registradora.

Fecha: 
dilluns, 3 juliol, 2000

El recurso gubernativo frente a las calificaciones registrales participa de la misma naturaleza especial que la función registral, que no encaja en la judicial ni mucho menos en la administrativa al versar sobre cuestiones civiles, por lo que la normativa a que está sujeto es la específica contenida en la legislación hipotecaria

RESOLUCIÓN de 25 de mayo de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Procurador de los Tribunales, don Celso de la Cruz Ortega, en nombre de «Cota Norte, Sociedad Anónima», contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Madrid número 37, don José Luis Aragón Aparicio, relativa a la cancelación de una anotación preventiva de demanda, en virtud de apelación del recurrente.

Fecha: 
dilluns, 3 juliol, 2000

No podrán ser suficientes los documentos incorporados al documento calificado, toda vez, que no consta por aseveración del administrador renunciante bajo su responsabilidad, que los notificados son los dos únicos socios de la sociedad, ni que los domicilios de remisión sean los consignados por ellos en el libro Registro de socios

RESOLUCIÓN de 24 de mayo de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Ramón Tió Sala, contra la negativa de la Registradora Mercantil número IX de Barcelona doña Juana Cuadrado Cenzual, a inscribir una escritura de renuncia de Administrador único de una sociedad de responsabilidad limitada.

Fecha: 
dilluns, 3 juliol, 2000

Según la doctrina reiterada de este Centro Directivo, la adjudicación es inscribible aunque el embargo no haya sido anotado o la anotación que en su día se practicara hubiese caducado, como es el caso, siempre que la finca se halle inscrita a nombre del deudor, con lo que el problema hace tránsito al defecto primero de la nota, que no ha sido recurrido.

RESOLUCIÓN de 26 de mayo de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Procurador de los Tribunales, don Rafael Gamarra Megías, en nombre de «Algoritmos, Procesos y Diseños, Sociedad Anónima», contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Majadahonda, don Jesús López Medel, a inscribir un testimonio de auto de adjudicación y mandamiento cancelatorio, en virtud de apelación del recurrente.

Fecha: 
divendres, 30 juny, 2000

Unas mismas cantidades no pueden devengar simultáneamente intereses ordinarios y de demora, mas, respetada esta exigencia, ninguna dificultad hay para poder reclamar todos los intereses, sean remuneratorios o de demora, realmente devengados y cubiertos por las respectivas definiciones de su garantía hipotecaria -dentro de los máximos legales- aun cuando se reclamen intereses remuneratorios de los cinco últimos años e intereses moratorios también de los cinco últimos años, si así procediera, por ser distintas y de vencimiento diferente las cantidades que devengan unos y otros y, por tanto, a ambos puede extenderse la garantía hipotecaria dentro de dichos límites.

RESOLUCIÓN de 17 de mayo 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Jesús María Alcalde Barrio, en nombre y representación de la Caja de Ahorros de Asturias, frente a la negativa del Registrador de la Propiedad de Pravia don Juan Ignacio de los Mozos Tuya, a inscribir determinados pactos de una escritura de préstamo con garantía hipotecaria, en virtud de apelación del Registrador.

Fecha: 
divendres, 30 juny, 2000

El plazo legal y mínimo de los quince días anteriores surge de la misma publicación del acuerdo convocante, por lo que se identifica en su día inicial, incluyéndose éste por tanto en el cómputo; y porque no hay base legal con suficiente carga de influencia para imponer necesariamente que el cómputo deba ser desde el siguiente día a la publicación

RESOLUCIÓN de 1 junio 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Miguel Ángel García García, como Administrador único de «Xarmite, Sociedad Limitada»,contra la negativa del Registrador mercantil número XI de Madrid don Francisco Javier Llorente Vara, a inscribir una escritura de elevación a público de acuerdos sociales de una sociedad de responsabilidad limitada.

Fecha: 
divendres, 30 juny, 2000

Unas mismas cantidades no pueden devengar simultáneamente intereses ordinarios y de demora, mas, respetada esta exigencia, ninguna dificultad hay para poder reclamar todos los intereses, sean remuneratorios o de demora, realmente devengados y cubiertos por las respectivas definiciones de su garantía hipotecaria

Resolución 18 mayo 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Jesús María Alcalde Barrio, en nombre y representación de la Caja de Ahorros de Asturias, frente a la negativa del Registrador de la Propiedad de Pravia, don Juan Ignacio de los Mozos Tuya, a inscribir determinados pactos de una escritura de préstamo con garantía hipotecaria, en virtud de apelación del Registrador.

Fecha: 
dimecres, 28 juny, 2000

Las dudas que al Registrador le surjan acerca de la identidad de la finca cuando se trata de inmatricularla es una concreta cuestión de hecho que no puede ser decidida mediante recurso gubernativo, sino que debe ser planteada por el interesado ante el Juez de primera instancia del partido, conforme a lo dispuesto en los artículos 300 y 306 del Reglamento Hipotecario, y es a él a quien entonces incumbe resolver si es o no inscribible el documento presentado.

RESOLUCIÓN de 24 de abril de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado en el recurso gubernativo interpuesto por «El Haya Servicios, Sociedad Anónima», contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Castro Urdiales, don José Antonio Jordana de Pozas Gonzálbez, a practicar la inmatriculación de una finca en virtud de apelación del recurrente.

Fecha: 
divendres, 23 juny, 2000

Cuando inicialmente no existiese la proporción exigible entre el importe del crédito y el valor del bien hipotecado, puede procederse a una nueva valoración de éste de haberse producido una modificación de su valor en el mercado, y más en concreto, del artículo 28.2 donde se establece que de haberse practicado la tasación antes del otorgamiento de la escritura de constitución de la hipoteca, la misma se hará constar en dicha escritura y en la inscripción de la misma en el Registro de la Propiedad

RESOLUCIÓN de 20 de mayo de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por Caja de Ahorros de Asturias frente a la negativa del Registrador de la Propiedad de Pravia don Juan Ignacio de los Mozos Tuya, a inscribir determinados pactos de una escritura de préstamo con garantía hipotecaria, en virtud de apelación del Registrador.

Fecha: 
divendres, 23 juny, 2000

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