Resoluciones

En el presente caso se acompaña notificación fehaciente practicada conforme al artículo 202 del Reglamento Notarial, haciendo constar el notario autorizante que ha sido requerido para ello por la sociedad en el acta notarial de la junta general. Por ello, y al margen de la concreta técnica utilizada en la redacción del acta de notificación referida, no puede objetarse, como pretende el registrador, que debe aportarse el acta notarial de la junta para calificar los extremos relativos a la concreta persona del requirente y a su interés legítimo, pues ha quedado debidamente cumplido lo dispuesto en el artículo 111 del Reglamento del Registro Mercantil, al acompañarse la notificación fehaciente exigida, para la que no se añade ningún requisito adicional sobre la especificación del requirente –identificación, capacidad, legitimación– en un caso como el que ha motivado este recurso (cfr. artículos 198.1, números 1.º, 2.º y 8.º, y 202 del Reglamento Notarial), en el que de los mismos acuerdos que se elevan a público resultan tales circunstancias, y entre ellas el evidente interés legítimo para instar la preceptiva notificación.

Resolución de 28 de agosto de 2013, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la calificación extendida por el registrador mercantil y de bienes muebles III de Sevilla, por la que rechaza la inscripción de una escritura de elevación a público de acuerdos sociales de cese y nombramiento de administradores.

Fecha: 
divendres, 4 octubre, 2013

Hay base suficiente para distinguir entre la correcta actuación del auditor cuando emite un informe con opinión denegada, y el valor de dicho informe a los efectos de practicar operaciones en el Registro Mercantil.

Resolución de 5 de septiembre de 2013, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por el registrador mercantil y de bienes muebles de Castellón, por la que se rechaza el depósito de cuentas de una sociedad correspondiente al ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2011.

Fecha: 
divendres, 4 octubre, 2013

El registrador Mercantil resuelve no practicar la inscripción de determinados acuerdos de junta general de una sociedad de responsabilidad limitada por haber sido convocada únicamente por dos de los tres administradores mancomunados cuyos cargos están vigentes.

Resolución de 11 de julio de 2013, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador mercantil XI de Madrid a la inscripción de un acta de requerimiento.

Fecha: 
dijous, 26 setembre, 2013

La única cuestión es si el Registro Mercantil puede expedir nota simple literal de los asientos de una sociedad cuando el solicitante no comparece en el Registro ni la firma de la solicitud está legitimada notarialmente.

Resolución de 4 de julio de 2013, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador Mercantil y de Bienes Muebles II de Alicante, por la que se rechaza la expedición de una nota simple literal relativa a determinada sociedad.

Fecha: 
dimarts, 6 agost, 2013

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