Resoluciones

La única cuestión a la que ha de ceñirse el presente recurso, dados los términos en que ha sido formulada la nota impugnada, es la de si cabe reducir por pérdidas el capital social de una sociedad anónima, que no está aún íntegramente desembolsado.

RESOLUCION DE 19 DE FEBRERO DE 1996, DE LA DIRECCION GENERAL DE LOS REGISTROS Y DEL NOTARIADO, EN EL RECURSO GUBERNATIVO INTERPUESTO POR DON RAFAEL GARCIA MORA, EN NOMBRE DE «BAYCU, SOCIEDAD ANONIMA», CONTRA LA NEGATIVA DEL REGISTRADOR MERCANTIL DE MADRID NUMERO III A INSCRIBIR UNA ESCRITURA DE ELEVACION A PUBLICO DE ACUERDOS SOCIALES.

Fecha: 
dijous, 25 novembre, 2004

CORRECCION DE ERRORES

CORRECCION DE ERRORES DE LA RESOLUCION DE 2 DE FEBRERO DE 1996, DE LA DIRECCION GENERAL DE LOS REGISTROS Y DEL NOTARIADO, EN EL RECURSO GUBERNATIVO INTERPUESTO POR EL NOTARIO DE TORREJON DE ARDOZ, DON ANGEL SANZ IGLESIAS, CONTRA LA NEGATIVA DEL REGISTRADOR MERCANTIL DE MADRID NUMERO 11, A INSCRIBIR UNA ESCRITURA DE TRANSFORMACION DE UNA SOCIEDAD ANONIMA EN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.

Fecha: 
dijous, 25 novembre, 2004

En el supuesto de hecho a que se refiere este recurso la Registradora deniega la inscripción de un aumento del capital social de una sociedad anónima porque estima que, al acompañarse certificaciones bancarias del desembolso de las aportaciones dinerarias que se refieren a fechas muy anteriores al acuerdo, no se cumple lo establecido en el artículo 40 de la Ley de Sociedades Anónimas.

RESOLUCION DE 23 DE NOVIEMBRE DE 1995, DE LA DIRECCION GENERAL DE LOS REGISTROS Y DEL NOTARIADO, EN EL RECURSO GUBERNATIVO INTERPUESTO POR DON JOSE MANUEL RIVAS QUINZAÑOS, EN NOMBRE DE LA COMPAÑIA ANONIMA «GESTION INMOBILIARIA Y PATRIMONIAL, SOCIEDAD ANONIMA», CONTRA LA NEGATIVA DEL REGISTRADOR MERCANTIL DE MADRID NUMERO IV A INSCRIBIR UNA ESCRITURA DE AMPLIACION DE CAPITAL SOCIAL.

Fecha: 
dijous, 25 novembre, 2004

El artículo 16 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada exige para todo tipo de Juntas que esa representación conste por escrito al tiempo de la celebración, y sin este requisito la constitución y los acuerdos, decididos contando entre los socios presentes o votantes a quienes no están debidamente representados con poder conferido por escrito, serían constitución y acuerdos no ajustados a las prescripciones legales

RESOLUCION DE 20 DE NOVIEMBRE DE 1995, DE LA DIRECCION GENERAL DE LOS REGISTROS Y DEL NOTARIADO, EN EL RECURSO GUBERNATIVO INTERPUESTO POR EL NOTARIO DE VALENCIA DON JOAQUIN BORRELL GARCIA CONTRA LA NEGATIVA DE LA REGISTRADORA MERCANTIL NUMERO 2 DE ESTA CIUDAD A INSCRIBIR UNA ESCRITURA DE AUMENTO DE CAPITAL Y ELEVACION A PUBLICO DE ACUERDOS SOCIALES DE UNA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.

Fecha: 
dijous, 25 novembre, 2004

Lo que ocurre en el caso debatido es que no resulta indiferente desde la perspectiva de los terceros, que el desembolso sea anterior o posterior a la transformación, pues, en el primer caso, su efectividad exige el cumplimiento de los requisitos previstos en los artículos 38 y 40.2 de la Ley de Sociedades Anónimas, dado que según los estatutos de la sociedad en cuestión, los dividendos pasivos habían de desembolsarse en metálico, y se efectúan por medio de aportación no dineraria (vía compensación de créditos).

RESOLUCION DE 20 DE FEBRERO DE 1996, DE LA DIRECCION GENERAL DE LOS REGISTROS Y DEL NOTARIADO, EN EL RECURSO GUBERNATIVO INTERPUESTO POR DON FRANCISCO ANTONIO SERRANO ALBERCA CONTRA LA NEGATIVA DEL REGISTRADOR MERCANTIL DE MADRID A INSCRIBIR UNA ESCRITURA DE TRANSFORMACION DE SOCIEDAD ANONIMA EN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.

Fecha: 
dijous, 25 novembre, 2004

Pàgines