La registradora suspende la inscripción de la compraventa de un inmueble otorgada, como parte vendedora, por una sociedad de capital representada por un administrador solidario. A su juicio, debe acreditarse que la escritura de nombramiento del cargo y facultades del administrador solidario de la sociedad vendedora está debidamente inscrita en el Registro Mercantil.

Resolución de 11 de febrero de 2014, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad accidental de Sant Feliu de Guíxols a inscribir una escritura de compraventa.

Fecha: 
Viernes, 21 Marzo, 2014

Debe decidirse en el recurso sobre la inmatriculación de una mitad indivisa de una finca urbana, cuya otra mitad ya consta inscrita a favor de la causante de la herencia, documentándose las operaciones particionales en el título parcialmente suspendido por alegar la registradora la falta de total coincidencia entre la descripción de la finca contenida en el mismo y el Catastro, dado que se le asignan a una finca registral dos referencias catastrales, implicando además todo ello una rectificación de la descripción que obra en el Registro de la Propiedad, al especificarse ahora la superficie construida de la edificación, cambiando igualmente la superficie y linderos.

Resolución de 13 de febrero de 2014, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la calificación de la registradora de la propiedad de León n.º 4 por la que se suspende la inscripción de una escritura de aceptación y adjudicación de herencia complementada con un acta de notoriedad para la inmatriculación de una mitad indivisa de finca no inscrita, estando la otra mitad inscrita en el Registro de la Propiedad.

Fecha: 
Viernes, 21 Marzo, 2014

El recurrente sostiene, que la comprobación del valor de adjudicación excede del ámbito de calificación del registrador, que el único domicilio que consta en el Registro es el señalado para notificaciones y no la vivienda habitual, y que la actuación del registrador en relación a la consulta al Registro de empadronamiento para conocer cuál sea el domicilio allí determinado como residencia de la deudora, excede los límites de su función.

Resolución de 13 de febrero de 2014, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por el registrador de la propiedad de Alzira n.º 1 por la que se suspende la inscripción de un decreto de adjudicación de finca dictado en procedimiento de ejecución hipotecaria y la subsiguiente cancelación ordenada en el correspondiente mandamiento de secretario judicial.

Fecha: 
Viernes, 21 Marzo, 2014

Recurso interpuesto contra la calificación del registrador de la propiedad de Tarancón por la que se deniega el despacho de una instancia privada en la que se solicita la cancelación por nulidad de determinadas inscripciones.

Resolución de 17 de febrero de 2014, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la calificación del registrador de la propiedad de Tarancón por la que se deniega el despacho de una instancia privada en la que se solicita la cancelación por nulidad de determinadas inscripciones.

Fecha: 
Viernes, 21 Marzo, 2014

La cuestión a resolver es si el auto judicial por el que se resuelve un expediente de reanudación de tracto sucesivo interrumpido debe contener expresamente el pronunciamiento de cancelación de las inscripciones contradictorias o, por el contrario, tiene por sí virtualidad cancelatoria sin necesidad de mandato alguno.

Resolución de 17 de febrero de 2014, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Tías por la que se deniega la inscripción de un auto por el que se aprueba un expediente de dominio para la reanudación del tracto sucesivo interrumpido

Fecha: 
Viernes, 21 Marzo, 2014

La inscripción del derecho de servidumbre debe expresar su extensión, límites y demás características configuradoras, como presupuesto básico para la fijación de los derechos del predio dominante y las limitaciones del sirviente y, por tanto, no puede considerarse como suficiente a tal efecto, la identificación que de aquéllas se efectúa cuando se convienen indeterminaciones sobre datos esenciales que afectan a las facultades de inmediato uso material que las servidumbres confieren, con la consiguiente vinculación, sin límites temporales en este supuesto, de la propiedad en una extensión superior a la exigida por la causa que justifica la existencia de la servidumbre.

Resolución de 25 de febrero de 2014, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por el registrador de la propiedad de Caravaca de la Cruz por la que se suspende la inscripción del testimonio de un auto recaído en procedimiento verbal, en el que se homologa la transacción solicitada por las partes consistente en un acuerdo para la constitución de una servidumbre de paso y su inscripción en el Registro de la Propiedad

Fecha: 
Miércoles, 2 Abril, 2014

Se plantea si es o no inscribible un decreto de adjudicación en procedimiento de ejecución directa sobre bienes hipotecados y practicables las consiguientes cancelaciones ordenadas en el correspondiente mandamiento de cancelación de cargas si en el procedimiento no se ha demandado ni requerido de pago a la sociedad mercantil que, no siendo deudora del préstamo hipotecario ni hipotecante no deudora, adquirió la finca ejecutada e inscribió su adquisición antes de iniciarse dicho procedimiento.

Resolución de 14 de febrero de 2014, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad interino de Tortosa n.º 3 a la inscripción de dominio y cancelación de cargas ordenadas en decreto de adjudicación en procedimiento de ejecución sobre bienes hipotecados

Fecha: 
Viernes, 21 Marzo, 2014

En el expediente se plantean dos cuestiones en relación a una escritura de novación de préstamo hipotecario. La primera es si modificándose el valor de tasación en la escritura de novación, ha de acreditarse al registrador, a través de la certificación pertinente, que aquella ha sido realizada conforme a lo previsto en la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de regulación del Mercado Hipotecari», y que el valor en que los interesados tasen la finca no sea inferior, en ningún caso, al setenta y cinco por ciento del valor señalado en la tasación realizada conforme a la Ley. La segunda cuestión es si se ha dado cumplimiento a la exigencia establecida en el artículo 693. 2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, cuando dispone que «podrá reclamarse la totalidad de lo adeudado por capital y por intereses si se hubiese convenido el vencimiento total en caso de falta de pago de, al menos, tres plazos mensuales sin cumplir el deudor su obligación de pago o un número de cuotas tal que suponga que el deudor ha incumplido su obligación por un plazo, al menos, equivalente a tres meses, y este convenio constase en la escritura de constitución».

Resolución de 18 de febrero de 2014, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Almuñécar por la que se suspende la inscripción de una escritura de novación de hipoteca

Fecha: 
Viernes, 28 Marzo, 2014

El recurso no puede prosperar pues, practicadas las inscripciones, se hallan bajo salvaguardia de los tribunales y no es posible, en el estrecho y concreto ámbito de este expediente, revisar cómo se pretende la legalidad en la práctica de dichos asientos.

Resolución de 13 de febrero de 2014, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra las inscripciones de un derecho de prenda sobre derechos de crédito derivados de concesión administrativa, practicada en el Registro de Bienes Muebles de Zaragoza

Fecha: 
Viernes, 21 Marzo, 2014

En el expediente se debate sobre si para la inscripción de una escritura, otorgada después de la entrada en vigor de la Ley 1/2013, en la que se cancela parcialmente, nova y amplía un préstamo hipotecario inscrito con anterioridad a la publicación de dicha Ley, es necesario pactar expresamente que el vencimiento anticipado del préstamo sólo sea posible por impago de, al menos, tres plazos mensuales o un número de cuotas equivalente. Se da la circunstancia de que en la hipoteca inicial objeto de novación se preveía el vencimiento anticipado de la totalidad del préstamo garantizado por impago de cualquier cuota de amortización de capital y/o intereses, y que sólo podrá acudirse al procedimiento de ejecución extrajudicial por falta de pago del capital o de los intereses de la cantidad garantizada, sin admitir, a este efecto, otras causas distintas de ejecución.

Resolución de 24 de febrero de 2014, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por la registradora de la propiedad de Rute por la que se suspende la inscripción de una escritura de cancelación parcial, ampliación y novación modificativa de préstamo hipotecario

Fecha: 
Viernes, 28 Marzo, 2014

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