Sea notorio a todos los ciudadanos que las Cortes de Castilla y León han aprobado y yo en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 25.5 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente
LEY
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Fecha: Jueves, 29 Septiembre, 2011
Sea notorio a todos los ciudadanos que las Cortes de Castilla y León han aprobado y yo en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 25.5 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente
LEY
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Fecha: Jueves, 10 Noviembre, 2011
La Ley 1/2006, de 6 de abril, de Mediación Familiar de Castilla y León reguló, al amparo de las competencias exclusivas de la Comunidad establecidas en el artículo 70.1.10.º, relativas a asistencia social, servicios sociales y desarrollo comunitario y la promoción y atención de las familias, la infancia, la juventud y los mayores, la mediación familiar en el ámbito de la Comunidad. Fecha: Miércoles, 19 Octubre, 2011
El Estatuto de Autonomía de Castilla y León dispone en su artículo 76.14.º que «Corresponde a la Comunidad de Castilla y León, en los términos que establezcan las leyes y las normas reglamentarias que en su desarrollo dicte el Estado, la función ejecutiva en la materia de nombramiento de los Notarios y Registradores de la Propiedad, Mercantiles y Bienes Muebles que hayan obtenido plaza en el territorio de la Comunidad de acuerdo con las leyes estatales».
La Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (en adelante LGT), establece, en su artículo 116, que «la Administración Tributaria elaborará anualmente un Plan de control tributario que tendrá carácter reservado, aunque ello no impedirá que se hagan públicos los criterios generales que lo informen».
Sea notorio a todos los ciudadanos que las Cortes de Castilla y León han aprobado y yo en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 25.5 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente
LEY
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Fecha: Miércoles, 29 Febrero, 2012
El Estatuto de Autonomía de Castilla y León dispone en su artículo 76.14.º que «Corresponde a la Comunidad de Castilla y León, en los términos que establezcan las leyes y las normas reglamentarias que en su desarrollo dicte el Estado, la función ejecutiva en la materia de nombramiento de los Notarios y Registradores de la Propiedad, Mercantiles y Bienes Muebles que hayan obtenido plaza en el territorio de la Comunidad de acuerdo con las leyes estatales».
Sea notorio a todos los ciudadanos que las Cortes de Castilla y León han aprobado y yo en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 25.5 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente
LEY
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Sea notorio a todos los ciudadanos que las Cortes de Castilla y León han aprobado y yo en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 25.5 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente
LEY
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Advertidos errores en la Ley 5/2012, de 16 de julio, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2012, publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León» número 136, de 17 de julio de 2012, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:
En la página 46828, en el artículo 4, apartado 1 d), donde dice «13 de esta ley», debe decir «12 de esta ley».
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