Trata sobre la inscripción registral de propiedades en España, donde los vendedores transmitieron partes indivisas de varias fincas. Hay discrepancias en las inscripciones previas, falta de tracto sucesivo y errores de especialidad que generan defectos señalados por el registrador. El recurrente aporta documentación y argumenta incongruencias en las calificaciones anteriores, además de destacar urgencias personales que justifican la inscripción.
Resolución de 20 de febrero de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del registrador de la propiedad de Coria, por la que se suspende la inscripción de una escritura de compraventa.
Fecha:
Sábado, 22 Marzo, 2025