Solicitada certificación negativa del Registro Mercantil Central respecto de las denominaciones «Real Federación Española de e-sports, Sociedad Limitada», «Real Federación Española de Deportes Electrónicos, Sociedad Limitada» y «Real Federación Española de Videojuegos y e-sports, Sociedad Limitada», el registrador la deniega. El recurso no puede prosperar pues la inclusión en la denominación social del término «federación» junto a otros de evidentes connotaciones deportivas (e-Sports, Deportes Electrónicos), hace inevitable la confusión entre la naturaleza de la entidad que se pretende constituir (sociedad de capital), y aquella a que induce la denominación (federación deportiva). En cuanto a la inclusión del término «real» en la denominación social, merece una valoración semejante.

Fecha: 
Martes, 10 Julio, 2018