Sobradamente sabido que el legislador ha decidido otorgar protección registral preventiva al dominio público, incluso no estando inmatriculado, para evitar la inmatriculación de fincas privadas que puedan invadirlo, resulta claro que las alegaciones del recurrente defendiendo la procedencia de inmatricular fincas que invadan dominio público porque éste todavía podría ser recuperado a posteriori, quedan fuera de lugar

Fecha: 
Martes, 5 Diciembre, 2023