Según resulta del Registro, se ha dado a un garaje la configuración de elemento privativo independiente con su propia cuota de participación, resultando su condición de anejo de la expresa vinculación a una vivienda, circunstancia que se hace constar en ambas fincas registrales. La venta de la plaza de garaje como anejo de la vivienda queda incluida en la venta de ésta, toda vez que el garaje no fue expresamente excluido de la transmisión y además porque se transmite con cuantos usos y derechos que van con la comunidad y otros ajenos a ella entre los que es razonable entender el garaje.

Fecha: 
Viernes, 23 Abril, 2021