Se trata de resolver en el presente recurso, si procede o no el depósito de las cuentas anuales de la sociedad «Residencial Vilafortuny, S.A.» en el Registro Mercantil de Barcelona cuando las mencionadas cuentas fueron aprobadas por acuerdo de la junta, teniendo en cuenta que con fecha 24 de agosto de 2016 se expidió certificación de traslado del domicilio social por lo que se procedió a extender en dicha fecha la diligencia de cierre registral de seis meses previsto en el artículo 19. 3 del Reglamento del Registro Mercantil. El presente recurso no puede prosperar ya que la competencia y registro legitimado para practicar el depósito de cuentas es aquél en el que la sociedad figura inscrita, esto es, en el caso del presente recurso, el Registro Mercantil de Almería.

Fecha: 
Martes, 7 Febrero, 2017