Fecha:
Sábado, 31 Octubre, 2020
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Se suspende la inscripción de una escritura de liquidación de sociedad de gananciales, pacto de mejora y adjudicación de herencia. La registradora no justifica la procedencia de la partición por contador–partidor existiendo ya una partición (la partija gallega) conjunta y unitaria practicada en cuaderno protocolizado por los cónyuges con base en un testamento mancomunado. Se han hecho atribuciones por la viuda, uno de los herederos, y, por el contador partidor –sin la concurrencia de los otros herederos– haciéndose atribuciones por partición hereditaria «mortis causa» consecuencia de la sucesión del esposo premuerto, –no inter vivos, como exige la ley– a favor de uno de los herederos. Se ha de confirmar el defecto señalado. |