Se solicita inscribir una ampliación de capital desembolsada mediante la aportación de un inmueble de propiedad privativa, grabado con un derecho de uso a favor de los hijos comunes y al excónyuge (arte 96 CC). La transmisión del inmueble en las circunstancias descritas cumple con las condiciones exigidas por el artículo 58 de la Ley de Sociedades de Capital para las aportaciones sociales, al tratarse de un bien o derecho patrimonial susceptible de valoración económica, si bien la eventual anulación posterior daría lugar a la responsabilidad del aportante (Art 73 a 76 LSC)

Fecha: 
Jueves, 28 Octubre, 2021