Fecha:
Miércoles, 23 Noviembre, 2022
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Se presenta en el Registro mandamiento, derivado del procedimiento de ejecución hipotecaria, en el que se ordena la cancelación de la anotación preventiva de embargo originada por el propio procedimiento. Estando vigentes asientos de presentación anteriores, lo procedente es aplazar o suspender la calificación del documento presentado posteriormente mientras no se despachen los títulos previamente presentados, como resulta implícitamente de lo dispuesto en los artículos 111, párrafo tercero, y 432.2 del Reglamento Hipotecario al regular las prórrogas del asiento de presentación. |