Se plantea en el presente recurso la posibilidad de inscribir el testimonio de un decreto judicial de adjudicación de una finca, cuando al momento de presentación de dicho testimonio en el Registro de la Propiedad, la indicada finca aparece inscrita a favor de persona distinta de aquella contra la que se ha seguido el procedimiento, y además está caducada y cancelada por caducidad, la anotación preventiva en la que se sustenta el procedimiento ejecutivo. La caducidad de la anotación por falta de prórroga conlleva la imposibilidad de inscribir el testimonio del auto de adjudicación por existir una inscripción de dominio que ha pasado a tener rango preferente, lo que determina el cierre del Registro respecto de títulos ahora posteriores en rango (cfr. artículo 17 de la Ley Hipotecaria). Lo mismo ocurre con el mandamiento de cancelación de cargas, que no puede extenderse a asientos que han pasado a tener rango registral anterior.

Fecha: 
Jueves, 2 Julio, 2020