Se discute como único tema del expediente si es o no necesario incorporar a la escritura de manifestación y adjudicación de herencia de una causante alemana el certificado del registro de actos de última voluntad alemán o la justificación de su no existencia. No existe en la normativa interna una exigencia de tal hecho, la exigencia de su incorporación a la escritura de adjudicación de herencia puede ser analizada en algunos casos, de suerte que, limitadamente, sea precisa su obtención cuando sea evidente que, vistas las concretas circunstancias concurrentes, deba solicitarse además del registro de actos de última voluntad español el del país de la nacionalidad del causante extranjero; algo que no ocurre en el concreto caso ahora analizado.

Fecha: 
Miércoles, 23 Noviembre, 2022