Se deniega la inmatriculación de una finca en virtud de una escritura de elevación a público de contrato privado de compraventa y otra escritura de compraventa. La registradora solicita informe a la Administración competente por tener dudas acerca de la posible invasión del dominio público. Existiendo informe oponiéndose a la inmatriculación, según el párrafo cuarto del artículo 205 de la Ley Hipotecaria procede denegar la inmatriculación.

Fecha: 
Jueves, 28 Octubre, 2021